Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Tribunal · solo Pro
SERVICIOS CARLOS PENA EIRL con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Fecha: 05-10-2015 · Materia: Artículo 97 N° 10 del CT · Juez: César Manuel Verdugo Reyes
RECHAZA
Se rechaza reclamo contra infracción por no emisión de boleta en venta de bebida y galletas por $1.000. Se confirma sanción de 2 UTM y clausura de 6 días por fabricación de prueba.
El 20 de agosto de 2015, fiscalizadores del SII interceptaron a una cliente que salía de una cafetería sin boleta por compra de agua mineral y galletas por $1.000. Al consultar con la encargada del local, primero alegó venta al crédito (sin obligación de boleta), luego cambió su versión diciendo que la boleta fue botada a la basura. No se encontró boleta de ese monto en el basurero. Posteriormente, el reclamante acompañó boleta N° 232446 por $1.000, alegando que fue encontrada después de la fiscalización.
El tribunal analiza la carga probatoria en infracciones tributarias, concluyendo que corresponde al denunciante demostrar los elementos constitutivos. Las funcionarias actuaron como ministras de fe, interceptando a cliente sin boleta y verificando con la encargada. Se constata que la boleta presentada por el reclamante (N° 232446) fue emitida después de la fiscalización (numeración posterior a N° 232414 del corte documentario), revelando un intento de engañar al tribunal. El reloj de la impresora fiscal presentaba desfase horario, pero la secuencia de boletas prueba que la del reclamante fue p
Se rechaza reclamo y confirma denuncia N° 1240741. Se aplica multa de 2 UTM y clausura de establecimiento por 6 días. Se condena al reclamante al pago de costas.
RESUMEN:
PARTES: SERVICIOS CARLOS P EÑA E.I.R.L. CON SERVICIO DE IMPUESTOS
INTERNOS
RUC N°: Rol · solo Pro
RIT: Rol · solo Pro
MATERIA: Infracción artículo 97° N° 10 del Código Tributario
La Serena, cinco de octubre de dos mil quince.
VISTOS:
El reclamo de fojas diecisiete, de 21 de agosto de 2015, mediante el cual don CARLOS PEÑA MONTERO , comerciante, cédula de identidad número 6.898.789-K, en representación de SERVICIOS CARLOS PEÑA E.I.R.L., RUT 76.049.994 -3, ambos domiciliados en La Serena , Avenida Francisco de Aguirre N° 3 88, viene en reclamar y solicitar se deje sin efecto, de conformidad a las normas del Libro III, Título IV, Párrafo 2°, artículo 165 del Código Tributario, la denuncia de infracción N° 1240741, de fecha 20 de agosto de 2015, rolante a fojas uno y que en lo sustancial indica: se notifica infracción sancionada en el número 10 del artículo 97 del Código Tributario, consistente en “no da boleta por venta de una bebida (mineral) y galletas ” por un monto de la operación ascendente a $1.000; notificada con igual fecha por cédula, por la funcionaria del Servicio de Impuestos Internos, doña Ixcia Montenegro Bolvarán.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
Todos los fallos que publican los Tribunales Tributarios y Aduaneros, junto a las sentencias de Cortes de Apelaciones y Corte Suprema y los oficios, circulares y resoluciones del SII, fáciles de encontrar para tu caso. Actualizado a diario.
Acceso ilimitado a la jurisprudencia que necesitas.
Busca, abre y descarga todos los fallos que haga falta, sin límite.
Sentencias tributarias de segunda instancia y casación, y los requerimientos de inaplicabilidad sobre preceptos tributarios.
Cargando el buscador…
Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Busca, analiza y chatea con todos los fallos de los Tribunales Tributarios y Aduaneros de Chile.
Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
Selecciona Oficios, Circulares o Resoluciones en la barra lateral y luego un documento para ver su contenido completo.
Cubre más de 4.000 oficios, 830 circulares y 1.600 resoluciones del SII. Filtra por año o busca en materia, criterio y texto completo.