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Tribunal · solo Pro
LECAROS LIRA con SII
Fecha: 26-10-2015 · Materia: Tasación general bien raíz no agrícola · Juez: Francisco Javier Orellana Rivera
RECHAZAAvalúo +100M No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de avalúo de bien raíz por falta de prueba técnica adecuada que acredite errores en la aplicación de tablas de clasificación o determinación de superficie.
Juan Pablo Lecaros Lira reclamó el avalúo del inmueble Rol N°02014-007 en Santo Domingo, V Región, notificado en abril de 2014 con alza del 65%. Alegó que el avalúo aumentó 243% sobre el IPC, que su terreno en segunda línea fue tasado 39% más caro que predios en primera línea frente al mar, y que la superficie registrada contenía un error de 1,27 metros cuadrados. El SII determinó avalúo total de $154.721.925 conforme a la Resolución Exenta N°108/2013.
El Tribunal constató que el reclamo debe fundarse en causales taxativas del artículo 149 CT: determinación errónea de superficie, aplicación errónea de tablas de clasificación, errores de transcripción/cálculo o inclusión errónea de mayor valor por mejoras. La alegación sobre variación respecto del IPC fue desechada por imprecisa e indeterminada. Respecto de los errores alegados, la prueba aportada (fotografías, plano simple sin suscripción técnica, copias simples de inscripciones conservatorias) resultó insuficiente para acreditar fehacientemente los hechos sustanciales controvertidos. El SII
Se rechaza el reclamo de avalúo. Se mantiene a firme la actuación reclamada del SII. No se condena en costas a la reclamante por haber tenido motivo plausible para litigar.
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LECAROS LIRA JUAN PABLO
RUT N° 6.133.378-9
Valparaíso, veintiséis de octubre de dos mil quince
VISTO:
Que a fojas 1 y siguientes compareció don JUAN PABLO LECAROS
LIRA, RUT Nº 6.133.378-9, ingeniero, domiciliado en calle Las Gaviotas 38 , sitio Q7 , Condominio las Brisas de Santo Domingo, comuna de Santo Domingo , V Región, quien interpuso Reclamo de Avalúo en conformidad a los artículos 149 y si guientes del Código Tributario, respecto del inmueble Rol N°02014-007, en virtud de las siguientes consideraciones:
1. Indica que con fecha abril de 2014, el Servicio de Impuestos internos lo notificó de un alza de un 65 % del avalúo de su propiedad.
2. Señala que con fecha 30 de abril, concurrió al Servicio de Impuestos Internos de San Antonio, quienes le confirmaron que habían errores en los avalúos de la zona.
3. Alega que no es posible que su terreno sea avaluado un 39% más caro que la mejor franja de su zona, que se encuentra en primera fila frente al mar, en circunstancias que su propiedad está en segunda fila y queda mirando edificios.
4. Agrega que el avalúo de su propiedad, se alzó en un 243% sobre el IPC, lo que no tienen ninguna lógica.
5. Sostiene adicionalmente, que hay una pequeña determinación errónea de la superficie de su terreno, pues esta sería de 1.453,73 metros cuadrados en lugar de los 1.455 metros cuadrados.
6. Conforme lo anterior, s olicita que se acoja su reclamo y se corrija el avalúo.
Que a fojas 12 y siguientes comparece doña Érica Morales
Lártiga, Directora Regional del Servicio de Impuestos Internos , en representación de la V DIRECCIÓN REGIONAL DEL SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS , ambas domiciliados en Melgarejo N° 669, segundo piso, ciudad de Valparaíso, V Región, solicitando el rechazo del reclamo en atención a las siguientes consideraciones:
1. Señala que el nuevo avalúo que le correspondió al bien raíz
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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