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Tribunal · solo Pro
SALMONES SUR AUSTRAL S.A con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Fecha: 28-10-2015 · Materia: Liquidación · Juez: Christian Marcel Allen Rojas
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de Salmones Sur Austral contra liquidación de impuesto único por gastos de asesorías y telefonía no acreditados como necesarios para producir renta.
Salmones Sur Austral S.A. fue fiscalizada por el SII en 2014 respecto de su declaración de renta del año tributario 2013. El Servicio cuestionó tres partidas de gastos: depreciación ($797.414), asesorías y teléfono ($121.429.846) y otras partidas ($210.492.147). La empresa respondió a la citación argumentando que los gastos de asesorías correspondían a defensas judiciales en un arbitraje contra Marine Harvest por incumplimiento contractual que le impedía ejercer su actividad. El SII concilió la partida 3 pero rechazó depreciación y asesorías, emitiendo liquidación de $57.200.137 por impuesto ú
El tribunal establece que para ser deducible un gasto debe cumplir requisitos: relación directa con el giro, necesariedad para producir renta, no estar rebajado como costo, efectiva incurrencia y acreditación fehaciente. Define la necesariedad como desembolsos inevitables u obligatorios que sin su realización no se habría generado la renta. Comparte el criterio del SII en que la ley construye una abstracción donde solo son relevantes ajustes que el ordenamiento jurídico admite. Concluye que los gastos de asesorías, aunque financieramente existentes, no son necesarios tributariamente pues no ha
Se rechaza el reclamo en todas sus partes, se confirma la liquidación N° 29.323 de 13 de octubre de 2014 por $57.200.137 y se condena en costas al actor.
Puerto Montt, veintiocho de octubre de dos mil quince.
VISTOS:
A fojas 1 , comparece Gonzalo Garrido Pavez, abogado, cédula nacional de identidad N° 16. 358.415 -8, en representación, Salmones Sur Austral S.A., Rol Único Tributario N° 76.062.135 -8, domiciliado para estos efectos calle Barlovento 53 Parcelas Molino Viejo, Puerto Varas, Región de Los Lagos ; quien interpone reclamo tributario contra de la Liquidación N° 29.323, de fecha 13 de octubre del 2014, que determinó la obligación de pago de Impuesto Único del artículo 21 de la Ley de la Renta para el año tributario 2013, por la suma total de $57.200.137, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 123 del Código Tributario , solicitando que la deje sin efecto sobre la base de los argumentos de hecho y derecho que se expone.
I.- Antecedentes
Señala que el Servicio inició una fiscalización y con fecha 12 de febrero de 2014 requirió antecedentes a través de la Notificación N° 58.580, con la finalidad de verificar el derecho al PPUA solicitado a través de la Declaración de Renta correspondiente al Año Tributario 2013. Con fecha 17 de febrero de 2014 se aporta la documentación requerida por el Servicio.
Agrega que el representante legal de la compañía informó al Servicio que la empresa ha tenido menor movimiento debido a problemas contractuales con un proveedor, lo que llevó a la empresa a iniciar acciones judiciales tendientes a resguardar el patrimonio de la compañía.
II.- Citación N° 4.980 de 13 de marzo de 2014
Relata el contribuyente que el Servicio notificó con fecha 14 de marzo de 2014 la Citación N° 4 .980, en donde sostiene que en el A.T. 2013 se efectuaron gastos y desembolsos por concepto de depreciación, pago de asesorías y ajustes a la RLI, que no son aceptados de acuerdo a la ley.
Detalla que las partidas citadas fueron las siguientes:
Partida N° 1; Depreciaciones sobre bienes del contribuyente.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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