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Tribunal · solo Pro
DIRECCIÓN REGIONAL METROPOLITANA SANTIAGO NORTE con RAMIREZ ZAMBRANO
Fecha: 29-01-2016 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT
OTRO
Tribunal confirma parcialmente denuncia por delitos tributarios (art. 97 N°4 CT): uso de facturas falsas para reducir base imponible en Renta (AT 2013) y crédito fiscal IVA. Rechaza cargo por AT 2015 (no declarante). Condena a multa de 200% del perjuicio ($21.313.498).
Contribuyente Néstor Ramírez Zambrano fue fiscalizado por el SII tras rectificación voluntaria en julio 2015. Se detectaron 8 facturas falsas de tres proveedores (Russell Tripallan, Contek Ingeniería, Tools Center) utilizadas como respaldo para declarar crédito fiscal IVA y costos en declaración de Renta AT 2013. Las facturas fueron emitidas a otros contribuyentes con montos y fechas distintos. El contribuyente no presentó descargos.
El tribunal verificó que el SII tiene carga de prueba en procedimiento administrativo de sanciones, aplicándose presunción de inocencia. Respecto al delito de declaración maliciosa de costos (art. 97 N°4 inciso 1°): acreditó que facturas son ideológicamente falsas (proveedores desconocen operaciones, facturación no coincide con registros de proveedores). El contribuyente registró factura falsa N°47704 ($2.804.547 neto) en libros y la declaró en F22 AT 2013, rebajando base imponible. El carácter malicioso se infiere de la mecánica de registro y declaración sin justificación. Respecto al delito
Confirma parcialmente Acta de Denuncia N°9: acoge delitos art. 97 N°4 incisos 1° y 2° respecto AT 2013 e IVA períodos 2012-2015. Rechaza acusación por AT 2015. Condena a Néstor Ramírez Zambrano a multa de $21.313.498 (equivalente 200% del monto defraudado). Director Regional SII debe emitir giro una vez ejecutoriada.
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Arne
SEGUNDO TRIBUNAL
TRIBUTARIO y ADUANERO
Región Metropolitana de Santiago
EN SANTIAGO, VEINTINUEVE DE ENERO DE DOS MIL DIECISEIS.
VISTOS:
Que a fojas 3 rola el Acta de Denuncia N*9, de fecha 9 de diciembre de 2015, emitida por la Dirección Regional Santiago Norte del Servicio de Impuestos Internos, en contra del contribuyente don NESTOR EVARISTO
RAMIREZ ZAMBRANO, RUT N*14.545.281-3, con giro “Contratista en Construcción y Obras Sanitarias”, domiciliado en Pasaje Con Con N*569, Villa El Descanso, comuna de Quilicura, por haber incurrido en la infracción descrita y sancionada en el artículo 97 número 4, incisos 1 y 2 del Código Tributario.
Que en dicha actuación el Servicio de Impuestos Internos (en adelante SID indica en resumen, que este caso se originó porque con fecha 22 de julio 2015 se presentó la mandataria del contribuyente doña Isabel Roldán Herrera a realizar la rectificatoria respecto del período enero 2015, y a declarar fuera de plazo el período febrero del mismo año. Añade que de la revisión realizada se detectó que la factura del proveedor N*8051 Importadora Tools Center Limitada era material e ideológicamente falsa, toda vez que habiéndose realizado el cruce de información respectivo, se detectó que ésta se encontraba emitida a otro contribuyente, por un monto distinto y en otra fecha, por lo que se procedió a realizar la rectificación, generando un nuevo folio con el N*5941475376, con el giro asociado equivalente a $1.626.983.-, compuesto por el rechazo al IVA Crédito Fiscal de $920.628.- de la factura falsa, más diferencias entre el IVA Débito y Crédito Fiscal declarado en el Formulario 29 primitivo y lo indicado en el Libro de Ventas de dicho período.
Expresa que además en esa fecha se procedió a realizar la recepción del Libro de compras y ventas del período junio 2014 a junio 2015, y las facturas de venta y proveedores de enero 2015.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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