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Tribunal · solo Pro
MULTIMUSICA S A con SII
Fecha: 08-02-2016 · Materia: Giro
HA LUGAR EN PARTE Ha Lugar en Parte
Tribunal rechaza reclamo por giro de Impuesto Adicional a productora de eventos artísticos por retención tardía de impuesto a artista extranjera, acogiendo parcialmente solo en lo relativo a Laura Pausini.
Multimúsica S.A., productora de eventos artísticos, organizó presentación de Laura Pausini en enero de 2012. Remesó US$70.000 el 16 de diciembre de 2011, equivalente a la remuneración del artista. Pagó Impuesto Adicional el 13 de febrero de 2012, pero el SII consideró que la obligación nació a la fecha de remesa (diciembre), emitiendo giro por $2.841.938 por pago tardío con reajustes, intereses y multas. Posteriormente, fiscalización determinó liquidaciones 237 a 252 (2013) por $83.573.734 por otras remesas de artistas sin declaración de impuesto adicional.
El tribunal analiza si la obligación de retener Impuesto Adicional nace con la remesa o con la prestación del servicio. Concluye que conforme al artículo 60 inciso final de la LIR, el impuesto se aplica sobre cantidades pagadas, abonadas en cuenta o puestas a disposición, sin deducción alguna. Establece que la retención debe efectuarse al momento de la remesa conforme artículo 74 N°4. Sin embargo, respecto a Laura Pausini, constata que las liquidaciones duplicaban cobro ya efectuado mediante el giro anterior. Rechaza argumentos de que garantías o gastos deban excluirse de la base imponible, es
Rechaza giro de 2012 contra Laura Pausini sobre saldo ya cobrado. Acoge parcialmente reclamo de liquidaciones 2013 solo para anular diferencias de Impuesto Adicional respecto a Laura Pausini bajo Concepto B, ordenando reliquidación. Rechaza reclamo en lo demás. Cada parte paga sus costas.
“MULTIMÚSICA S.A. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS”
RUC N° Rol · solo Pro
RIT N° Rol · solo Pro
Santiago, ocho de febrero de dos mil dieciséis.-
VISTOS:
A fojas 1, comparece doña Perla Urrutia Sierralta, abogado, RUT N° 6.691.161-6, en representación de la sociedad MULTIMÚSICA S.A ., RUT N° 96.837.120-7, domiciliada en Avenida Pocuro N° 2378, oficina 202, comuna de Providencia, quien interpone reclamación tributaria en contra del Giro , emitido con fecha 14 de junio de 2012, por el Servicio de Impuestos Internos, a través de Formulario 21, Folio 102844235- 8, mediante el c ual se cobra una diferencia de Impuesto Adicional, más reajustes, intereses y multas, que totalizan $2.841.938, suma íntegramente pagada por el contribuyente con fecha 23 de agosto de 2012.
En el capítulo I de su libelo de reclamo, relativo a los hechos, explica que la cantante Laura Pausini desarrolló en Chile, entre el 26 y 29 de enero de 2 012, un show en vivo en el Movistar Arena, que se llevó a cabo el 27 de enero de 2012.
Expone que el Impuesto Adicional, por el período enero de 2012, fue declarado y pagado el 13 de febrero de 2012, mediante Formulario 50, Folio 5002159802.
Expresa que con fecha 28 de febrero de 2012, presentó ante el Director Regional Santiago Oriente, solicitud para que el SII emitie ra el Certificado de Situación Tributaria, que acredita ante la autoridad tributaria extranjera, en este caso de Italia, que efectivamente s e haya efectuado la retención del Impuesto Adicional en Chile.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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