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Tribunal · solo Pro
CARIMONEI CUELL con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Fecha: 12-02-2016 · Materia: Liquidación · Juez: Sergio del Carmen Vera Aparicio
ACOGE Ha Lugar
Tribunal acoge reclamo contra liquidaciones por exceso de caja, al acreditarse que fondos mutuos y ahorros incluidos en arqueo correspondían a retiros ya tributados con Impuesto Global Complementario.
En arqueo de caja del 18/12/2013, SII determinó exceso de $27.802.837 en caja del contribuyente, pescador artesanal. El exceso provenía de fondos mutuos ($96.394.139 Banco Estado y $13.123.192 Banco Chile) y cuenta de ahorro ($76.420) incluidos en el arqueo. Contribuyente alegó error al incluir en arqueo recursos que correspondían a retiros personales ya tributados, junto con fondos de la actividad comercial, sin diferenciarlos por tratarse de empresario individual sin cuenta corriente.
Tribunal aplicó artículo 21 CT sobre carga de la prueba del contribuyente. Analizó declaraciones de renta AT 2013 y 2014, Libro Diario y Mayor 2013, constatando retiros por $25.992.000 (AT 2013) y $44.233.000 (AT 2014) debidamente registrados y tributados. Consideró que como empresario individual sin estructura societaria ni cuenta corriente, el contribuyente no diferenciaba tratamiento de ingresos empresariales y personales, siendo plausible que mezclara en fondos mutuos recursos comerciales y retiros ya tributados. Contabilidad cumplió Principios Contabilidad Generalmente Aceptados y normati
Se acoge reclamación. Se dejan sin efecto Liquidaciones N°s 29.899 a 29.901 de 29/10/2014. Sin condena en costas por motivos plausibles para litigar.
Ciento veinticuatro 124
Punta Arenas, doce de febrero de dos mil dieciséis.
VISTOS:
Uno.- Que a fojas 8 y siguientes comparece don Florentino Oscar Carimonei Cuell, R.U.T. N° 9.437.996 -2, pescador artesanal, con domicilio en General Augusto Lutz Urzúa N° 861, comuna de Punta Arenas, y para estos efectos, en Avenida Colón N° 1144, quien conforme a lo dispuesto en los artículos 124 y siguientes del Código Tributario deduce reclamo en contra de la Liquidaciones N°s. 29.899 a 29.901 de fecha 29 de octubre de 2014, cursadas por el Departamento de Fiscalización del Servicio de Impuestos Internos, con domicilio en esta ciudad, calle Plaza Muñoz Gamero N° 1007, segundo piso, a fin de que sean dejadas sin efecto en todas y cada una de sus partes.
Fundamenta su reclamo en los siguientes antecedentes de hecho y de derecho: 1).- Que las liquidaciones practicadas surgen como consecuencia del Inventario de Caja realizado el día 18 de diciembre de 2013, por fiscalizadores de la Dirección Regional del Servicio de Impuestos Internos (en adelante indistintamente S.I.I.), detectándose un exceso de Caja, que implicó una diferencia de Impuesto al Valor Agregado e Impuesto de Primera Categoría en el Año Tributario 2014, al considerar los ingresos omitidos, todo ello en atención a lo dispuesto en los artículos 70 y 71 de la Ley de Impuesto a la Renta y artículo 76 de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios (IVA), además de considerar que provienen de su actividad principal. 2).- Que en el arqueo realizado se detallaron los siguientes documentos de inversión:
Fondo Mutuo Banco Estado (Respaldo Estado de cuenta) $ 96.394.139.
Fondo Mutuo Banco Chile (Respaldo Estado de cuenta) $ 13.123.192.
Cuenta de Ahorro Banco Estado $ 76.420.
Total Arqueo $ 109.593.751.
Saldo contable al 18 de diciembre 2013 de la Cuenta Caja: $81.790.914.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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