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Tribunal · solo Pro
JUEGOS DE HABILID Y DESTREZA GONZALO RECABAL EIRL con SII
Fecha: 15-02-2016 · Materia: Artículo 97 N° 16 del CT · Juez: Orlando Iván Cuevas Reyes
ACOGE Ha Lugar
Tribunal acoge reclamo de contribuyente contra infracción por pérdida de boletas de venta, considerando que la pérdida fue fortuita (robo con violencia) y que la contribuyente adoptó resguardos necesarios.
La empresa Juegos de Habilidad y Destreza Gonzalo Recabal EIRL sufrió un robo con violencia el 8 de octubre de 2015 en su local ubicado en calle O'Higgins N° 122 de Angol, aproximadamente a las 22:00 horas. Un sujeto desconocido ingresó al local, amenazó a la cajera y sustrajo dinero en efectivo y un talonario de boletas de ventas (números 51 a 53 emitidas y 54 a 100 sin emitir) que se encontraba en la caja. La dependiente realizó denuncia ante Carabineros sin mencionar expresamente los documentos tributarios, pero posteriormente aclaró el hecho en su declaración de 9 de octubre. La contribuye
El Tribunal establece que en materia de infracciones tributarias rige la presunción de inocencia y la carga de la prueba corresponde al SII. Para calificar una pérdida como fortuita se requieren características de imprevisibilidad e irresistibilidad conforme al artículo 45 del Código Civil. El tribunal valora los videos de cámaras de seguridad que evidencian un robo rápido y desprolijo, demostrando que la contribuyente adoptó medidas de resguardo (cámaras de seguridad, boletas guardadas en mueble con acceso restringido). El SII calificó la pérdida como no fortuita basándose únicamente en el av
Se acoge el reclamo de la contribuyente y se deja sin efecto el acta de denuncia de infracción N° 77315006750 de 7 de noviembre de 2015 por infracción al artículo 97 N° 16 del Código Tributario. No se condena en costas a la parte reclamada.
Temuco, quince de febrero de dos mil dieciséis.-
VISTOS:
A fojas 1 y 25, comparece don Gonzalo Eduardo R ecabal Nahuelñir, empresario, cédula de identidad N° 16.434.510-6, domiciliado en Santa Cruz N° 919, Traiguen, en representación de la contribuyente JUEGOS DE HABILIDAD Y DESTREZA
GONZALO EDUARDO RECABAL NAHUELÑIR E.I.R. L., del giro de su denominación, RUT N° 76.486.246-5, del mismo domicilio, quien dentro de plazo legal interpone reclamo en procedimiento especial de aplicación de ciertas multas, en con tra de l acta de denuncia de infracción folio N° 77315006750, de 7 de noviembre de 2015, practicada por funcionarios de la IX Dirección Regional del Servicio de Impuestos Internos, mediante la cual se ha cursado a la contribuyente la infracción prevista y s ancionada en el artículo 97 N° 16 del Código Tributario, por pérdida de boletas de venta emitidas y sin emitir, hecho supuestamente acaecido el 8 de octubre del referido año.
Expone al efecto que en la fecha indicada, a las 22:40 horas, en uno de los locales de su propiedad ubicado en calle O’Higgins N° 122 de la ciudad de Angol, ocurrió un robo con violencia, hecho llevado a cabo por un desconocido que sustrajo de la caja del local dinero efectivo y un talonario de boletas de ventas.
Continúa señalando que al momento de concurrir a Carabineros de Chile a hacer la denuncia la dependiente del local, producto del nerviosismo que le había provocado vivir la situación de riesgo que enfrentó por el robo que había afectado el local, no hizo mención expresa en su declaración del robo de los documentos tributarios.
Señala que posteriormente se acercó a la s oficinas del Servicio de Impuestos Internos, ingresando el formulario N° 3238 de aviso de p érdida N° 77315861790, en el que se detalla la documentación perdida producto del robo, gestión que fue realizada dentro los plazos legales de acuerdo a lo que señala.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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