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Tribunal · solo Pro
ORTUZAR ALDUNATE con SII
Fecha: 02-03-2016 · Materia: Tasación general bien raíz no agrícola
HA LUGAR EN PARTEAvalúo +100M Ha Lugar en Parte
Tribunal acoge parcialmente reclamo de avalúo de bien raíz, determinando que el SII no consideró características particulares del inmueble (terreno irregular y con pendientes), aplicando factor de ajuste excepcional de 0,81.
Propietario de inmueble ROL N°399-4 en Algarrobo reclama avalúo fiscal por considerarlo excesivo. El SII aumentó la tasación del suelo de $10.691.183 (sem II 2012) a $199.044.000 (2014). El inmueble tiene 6.000 m² de terreno con dos construcciones de clase F4. Presenta características especiales: forma irregular, fuertes pendientes que afectan aproximadamente un tercio del terreno, ubicado en área urbana cerca del borde costero.
El tribunal analiza si el avalúo aplicó correctamente los criterios de la Ley N°17.235 y Resolución Exenta N°108/2013. Constata que el inmueble tiene características distintas a la generalidad de predios del Área Homogénea HMB061: terreno irregular y pendientes pronunciadas. Aunque la Resolución N°108/2013 permite ajustes excepcionales, carece de regulación clara. El tribunal recurre al principio de inexcusabilidad y a la Circular N°10/2006 del SII para determinar factores de ajuste. Desestima otros argumentos (área verde privada, urbanización incompleta) por insuficiente prueba.
Se acoge parcialmente el reclamo. Se deja sin efecto el avalúo reclamado, debiendo el SII asignar avalúo de $156.365.640 aplicando factor de ajuste excepcional de 0,81 (por pendientes y forma irregular), con vigencia desde 1 enero 2014. No se condena en costas.
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ORTUZAR ALDUNATE RAMÓN
RUT N° 4.481.015-8
Valparaíso, dos de marzo de dos mil dieciséis.
VISTO:
Que a fojas 1 y siguientes compareció don Alberto Arenas Pizarro, arquitecto, RUT Nº 3.246.861-6, domiciliado para estos efectos en Carlos Antúnez N°1843, oficina 105, Providencia , Santiago , Región Metropolitana, en representación de don RAMÓN ORTUZAR ALDUNATE , ingeniero, RUT 4.481.015 -8, domiciliado para estos efectos en Avenida Santa Teresita de Los A ndes, N°299, comuna de Algarrobo, V Región, quien interpuso Reclamo de Avalúo en conformidad a los artículos 149 y si guientes del Código Tributario, respecto del inmueble ROL N°399-4, en virtud de las siguientes consideraciones:
1. Indica que con fecha 13.03.2014, los propietarios del inmueble de autos recibieron una circular elaborada por el Servicio de Impuestos Internos con fecha enero de 2014, en la que se comunica un aumento de la tasación fiscal que resulta excesiva.
2. Agrega que el monto reclamado asciende a la suma de $159.044.000 y corresponde a la diferencia entre el valor determinado en la tasación del suelo realizada por el Servicio de Impuestos Internos por $199.044.000 y el monto de la tasación del suelo fundamentada por el suscrito de $30.808.800.
3. Señala que el Lote ROL de avalúo N°399-4, es resultante del reavalúo del Rol de avalúo anterior N°276 -6, que tenía un avalúo fiscal de $10.691.183 al segundo semestre del año 2012, el cual se encontraba exento de pago de contribuciones.
4. Añade que además del c ambio de n úmero de rol practicado por el Servicio, se efectuó la modificación del avalúo fiscal con un valor de suelo por metro cuadrado de $37.444 a partir del segundo semestre de 2009, el cual se notificó tres años más tarde mediante Resolución del año 2012 emitida por el Departamento Regional de Avaluaciones de Valparaíso.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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