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Tribunal · solo Pro
SII con I.L.S. Seguridad y Servicios Limitada
Fecha: 09-03-2016 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT · Juez: Anselmo Iván Cifuentes Ormeño
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal condena a empresa por registrar cuatro facturas falsas para aumentar indebidamente crédito fiscal en IVA, aplicando multa del 170% de impuestos evadidos.
I.L.S. Seguridad y Servicios Limitada, representada por Iván Alejandro Velásquez Bahamondes, registró en noviembre de 2012 cuatro facturas falsas de proveedores inexistentes (Multicomercial Chillán Ltda., Julio Moena Oregón e Hijos Limitada, Casa Blanca Maquinarias y Transporte Limitada, y Danilo Fernando Bastias Henríquez) en su libro de compraventas. Con estas facturas fundó créditos fiscales declarados en formularios F29 y gastos en declaración de renta 2013. El SII determinó que dichas operaciones no se realizaron y que los documentos fueron emitidos a otros contribuyentes en distintas fec
El tribunal constató que la contribuyente no presentó descargos, por lo que no hubo controversia. Del análisis de la prueba documental aportada por el denunciante se acreditó que las facturas fueron contabilizadas como operaciones inexistentes. El representante legal desconoció a los proveedores en declaración jurada. Se confirmó que las operaciones de compra no se realizaron. Respecto a circunstancias atenuantes y agravantes del artículo 107 del CT, se consideró: ausencia de reincidencia (atenuante), grado de cultura suficiente del infractor (agravante), conocimiento de normas legales (agrava
Se confirmó el Acta de Denuncia de 6 de noviembre de 2015. Se declara que la contribuyente cometió la infracción tipificada en artículo 97 N°4 inciso 2° del CT. Se aplica multa de $36.047.244, equivalente al 170% de los impuestos evadidos reajustados a marzo 2016.
Concepción, nueve de marzo de dos mil dieciséis.
VISTOS:
Que, con fecha 15 de diciembre de 2015, se recibió por este Tribunal el Acta de Denuncia n.° 1, de fecha 6 de noviembre del mismo año, rolante a fojas 2 y siguientes, que da cuenta de la infracción del artículo 97 n.°4 inciso s 1°y 2° del Código Tributario, consistente en realizar declaraciones maliciosamente falsas que puedan inducir a la liquidación de un impuesto inferior al que corresponda y en realizar maniobras maliciosas a través de las cuales incrementó indebidamente su crédito fiscal, siendo contribuyente del Impuesto al Valor Agregado. La cual fuera remitida por el Servicio de Impuestos Internos para los efectos de la aplicación de lo dispuesto en el artículo 161 de la misma norma, y se encuentra formulada en contra de la contribuyente I.L.S. SEGURIDAD Y SERVICIOS LIMITADA, Rut n.° 76.749.080-1, representada legalmente por IVÁN ALEJANDRO VELÁSQUEZ
BAHAMONDES, Rut n. ° 10.631.973-1, domiciliada en Alemparte n.° 6095, Talcahuano, con giro en Servicios Integrales de Seguridad . El Acta recién citada, tiene como antecedente la Resolución Exenta n .° 42, de 6 de noviembre de 2015. Parte haciendo un relato de los antecedentes del procedimiento que le diera origen, y señala que de la auditoría practicada a la contribuyente, se detectó el aumento malicioso del verdadero monto de créditos fiscales y la correspondiente declaración de renta falsa.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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