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Tribunal · solo Pro
Sociedad Inmobiliaria El Almendral S.A. con SII
Fecha: 11-03-2016 · Materia: Tasación general bien raíz no agrícola
HA LUGAR EN PARTE Ha Lugar en Parte
Tribunal acoge parcialmente reclamo de avalúo de inmuebles no agrícolas, ordenando reducir valores fiscales 2014 por no considerar características especiales acreditadas (zonas de riesgo, servidumbres, terrenos con relleno).
Inmobiliaria El Almendral S.A. reclama avalúos de cuatro inmuebles (roles 287-127, 287-128, 287-129, 287-130) en Quilpué. El SII aumentó valores fiscales en 2013 (183%) y 2014 (69% adicional). Los inmuebles presentan características particulares: zonas de riesgo, cauces de aguas lluvias, terrenos con pendientes fuertes, rellenos, servidumbres y limitación de ocupación de suelo al 60%. La reclamante arguye valores desproporcionados sin relación con precios de mercado.
El Tribunal aplica principio de no discriminación e igualdad jurídica (art. 19 CPE) para determinar que características disímiles de los inmuebles no fueron adecuadamente reflejadas en el avalúo. Aunque la Resolución Exenta 108/2013 no reglamenta claramente ajustes excepcionales, invoca inexcusabilidad judicial (art. 76 CPE y art. 170 CPC) y recurre a Circular 10/2006 del SII. Acredita mediante pericia: servidumbres en lotes X5 (9,2% superficie) y X7b (100%), zonas de riesgo, cauces de aguas lluvias, pendientes y rellenos. Estos factores justifican aplicar factores de ajuste excepcional multip
Ha lugar en parte al reclamo. Deja sin efecto avalúos 2014 del SII. Ordena recalcular avalúos conforme metodología de Resolución 108/2013, aplicando factores de ajuste excepcional determinados (0,432 para rol 287-127; 0,48 para 287-128; 0,54 para 287-129; 0,486 para 287-130), con vigencia desde 01.01.2014. No condena en costas por no haber partes totalmente vencidas.
1
INMOBILIARIA EL ALMENDRAL S.A.
RUT N° 96.607.360-8
Valparaíso, once de marzo de dos mil dieciséis.
VISTO:
Que a fojas 1 y siguientes compareció don Enrique Campusano
Puelma, abogado, RUT Nº 8.764.500-2, en representación de INMOBILIARIA EL ALMENDRAL S.A., RUT 96.607.360-8, del giro de su denominación, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Libertad 1405, oficina 1702, ciudad Viña del Mar, V Región, quien interpuso Reclamo de Avalúo de conformidad con los artículos 149 y si guientes del Código Tributario, en virtud de las siguientes consideraciones:
1. Señala que reclama respecto del avalúo de los inmuebles
Roles N°287-127, N°287-128, N°287-129 y N°287-130, todos de la comuna de Quilpué.
2. Alega u na aplicación errónea de las tablas de clasificación respecto del bien gravado , o de una parte del mismo , así como la superficie de las diferentes calidades de terreno y errores de transcripción, de copia o cálculo.
3. Señala que el Servicio de Impuestos Internos habría dispuesto que a contar del año 2014 se aplique a los inmuebles de autos el reavalúo de bienes raíces no agrícolas correspondientes a sitios no edificados, propiedades abandonadas y pozos lastreros, razón por la cual procedió a determinar los siguientes nuevos avalúos: Rol N°287-127: $2.563.517.361
Rol N°287-128: $2.356.293.337
Rol N°287-129: $1.938676.923
Rol N°287-130: $124.084.184 4. Expone que en el año 2008, el Servicio de Impuestos Internos aumentó en forma considerable e injustificada los avalúos de los inmuebles individualizados de autos y que debido a ello, en el mes de diciembre de 2008, Inmobiliaria el Almendral S.A solicitó administrativamente al Servicio la modificación de dichos avalúos, quien resolvió en forma favorable dicha solicitud y procedió a corregirlos.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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