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Tribunal · solo Pro
SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOSé Velásquez Legue
Fecha: 14-03-2016 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT · Juez: Sergio del Carmen Vera Aparicio
RECHAZA Ha Lugar
Contribuyente sancionado por usar facturas falsas para aumentar indebidamente crédito fiscal IVA, causando perjuicio fiscal de $136.831.579. Multa del 100% de lo defraudado.
Comercial José Velásquez Legüe registró en su contabilidad tres facturas falsas de dos proveedores ficticios: (1) Factura N°1 de proveedor EIRL del mismo representante legal por $80.000.000, emitida el mismo día de inicio de actividades; (2) Facturas N°26 y N°27 de Pedro Gallardo Fortis con RUT ajeno (Pablo Soto Sánchez), timbradas extemporáneamente. El proveedor Gallardo declaró ante SII que pasó facturas en blanco y solo recibió $2.600.000 de un total facturado superior a $100.000.000.
El tribunal concluyó que las facturas son ideológicamente falsas. La factura del proveedor EIRL carece de respaldo patrimonial (capital $250.000 vs arriendo $80.000.000), el proveedor declaró sin movimiento en F29, y ambas empresas tienen mismo representante legal y domicilio. Las facturas de Gallardo fueron timbradas después de su emisión, consignan RUT ajeno, presentan inconsistencias en totales, y el proveedor confesó haber entregado facturas en blanco. La contribuyente actuó con dolo directo para disminuir su carga tributaria mediante uso malicioso de crédito fiscal inexistente, configuran
Se confirma Acta de Denuncia N°01/2015. Se condena a Comercial José Velásquez Legüe EIRL como autora en grado consumado de infracción art. 97 N°4 inciso 2° CT. Se aplica multa de $29.593.462 (100% de lo defraudado), reajustable según art. 53 CT. Sin costas.
Noventa y uno 91
Punta Arenas, a catorce de marzo de dos mil dieciséis.
VISTOS:
Uno.- Que a fojas 38 y siguientes de autos, consta Acta de Denuncia N° 01 de 22 de diciembre de 2015, notificada con fecha 23 de l mismo mes y año , suscrita por don Marco Antonio Traba Cor onado, Jefe de la Unidad de Puerto Natales de la XII Dirección Regional del Servicio de Impuestos Internos, en contra de la contribuyente Comercial José Velásquez Legüe, R .U.T. N° 76.338.573 -6, representada legalmente por don José David Velásquez Legüe, R.U.T. N° 10.056.107 -7, que gira en el rubro de contratista de obras menores, con domicilio en calle Manuel Bulnes N° 1380, de la ciudad de Puerto Natales, por haber incurrido en infracción al artículo 97 N° 4 inciso 2° del Código Tributario, consistente en la presentación de declaración de impuesto, Formulario 29, en las que utilizó facturas falsas con la finalidad de aumentar el verdadero monto de su crédito fiscal, rebajando de esta forma su carga tributaria causando un perjuicio para el Fisco de Chile.
Dicha Acta de Denuncia se fundamenta en los siguientes antecedentes de hecho y de derecho: 1).- Que en virtud de una fiscalización a nuevos facturadores, con fecha 28 de abril de 2014 se notificó por cédula dejada en el domicilio al contribuyente de autos, según consta en comprobante de notificación N° 683733, requiriéndole antecedentes consistentes en Libro de Compras y Ventas, facturas de proveedores, facturas de venta de la N° 1 a la N° 21 y Formularios N° 29, todos del periodo de diciembre de 2013 a mar zo de 2014, para la fiscalización de IVA D.L. N° 825 de 1974. 2).- Que el 30 de abril de 2014, el contribuyente cumplió parcialmente el requerimiento, presentando solamente libro de compras y ventas, en el que adhirió el formulario 29 por cada periodo registrado, junto a carpeta con facturas de proveedores y facturas de venta desde la N° 1 a la N° 18, según da cuenta Acta de Recepción de Antecedentes de la misma fecha.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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