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Tribunal · solo Pro
MERIZ POHL con SII
Fecha: 15-03-2016 · Materia: Liquidación
HA LUGAR EN PARTE Ha Lugar en Parte
Tribunal acoge parcialmente reclamo contra liquidaciones de impuesto a la renta por inversión en bien raíz, justificando solo parcialmente el origen de fondos ($43.814.596 de $214.548.600).
María Isabel Edith Meriz Pohl fue liquidada por impuestos de Primera Categoría e Impuesto Global Complementario del año 2011 por no justificar el origen de fondos para adquisición de terreno en Zapallar (Rol 41000-13) por $214.548.600 adquirido el 30 de diciembre de 2010. La reclamante alegó que los fondos provenían de: cheques de cuenta bipersonal en Citibank (US$276.000 y US$31.800), mutuo de su madre ($43.814.596), depósitos en efectivo y giros de cuentas personales. El SII argumentó insuficiencia de justificación del origen de los dólares depositados en cuenta de la sociedad Mataveri Ltda.
El tribunal aplicó la presunción del artículo 70 de la Ley de Impuesto a la Renta, trasladando al contribuyente la carga de acreditar origen de fondos. Analizó exhaustivamente cada fuente de financiamiento: (1) cheques del Citibank sin acreditación de origen de los dólares; (2) venta de departamento en Reñaca con inconsistencia temporal (octubre 2007 vs. octubre 2008 en saldo de cuenta); (3) mutuo materno debidamente acreditado con documentos fehacientes; (4) depósitos personales sin justificación. Aplicó criterios de la Circular N°8 del año 2000 sobre presunción de mantención de fondos (máxim
Acoge en parte el reclamo. Deja sin efecto en la parte correspondiente las Liquidaciones N° 178-1 y 179-1 de 24.06.2014, ordenando se emita nueva liquidación reliquidándose en consecuencia. No se condena en costas al no haber parte vencida totalmente.
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“MERIZ POHL con SERVICIOS DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCIÓN REGIONAL”
Rol · solo Pro
Rol · solo Pro
Santiago, quince de marzo de dos mil dieciséis
VISTOS:
A fojas 01 y con fecha 10.10.2014 comparece doña MARIA ISABEL EDITH MERIZ
POHL, RUT: 7.856.382-6, domiciliada para estos efectos en Agustinas 814, of. 906 de la comuna de Santiago, (en adelante indistintamente “la reclamante” o “la Sra. Meriz ”), interponiendo reclamo tributario en contra de las Liquidaciones N° 178-1 y 179-1, de fecha 24.06.2014, notificada s con fecha 25.06.2014 por concepto de impuestos de Primera Categoría por un monto de $36.983.888. - y Global Complementario por un monto de $38.713.521.- ambos correspondientes al año tributario 2011, que con intereses y reajustes actualizados al día 30.06.2014 ascendían a la suma total de $ 131.917.875.- (en adelante indistintamente “la liquidación ”). La liquidación reclamada fue emitida por la Dirección Regional Metropolitana Santiago Centro del Servicio de Impuestos
Internos, con domicilio en Alonso de Ovalle N° 680, Santiago (en adelante el Servicio, el SII o el reclamado).
I. FASE DE DISCUSIÓN.
A. Reclamo.
El reclamante presentó los siguientes fundamentos de hecho y de derecho en sustento de su reclamo:
Afirma que la l iquidación se f unda, en que no habría logrado j ustificar con antecedentes suficientes dentro del proceso de fiscalización, la Inversión en un bien raíz de su propiedad ubicado en la comuna de Zapallar, Rol: 41000-13, por la suma de $214.548.600.-, adquirido el 30 de diciembre de 2010.
Señala que se encuentra casada con don GONZALO FUENZALIDA FUENZALIDA, RUT: 6.519.520-8, desde el año 1978, bajo el régimen de separación total de bienes y que en el año 1987, constituyó junto a su marido la sociedad "Publicidad y Turismo Mataveri Ltda." de la que son socios en un 51 y 49%, respectivamente y que se encuentra plenamente activa.
Relata textualmente que:
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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