Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Tribunal · solo Pro
AGRICOLA Y COMERCIAL G M LIMITADA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Fecha: 18-03-2016 · Materia: Liquidación · Juez: Christian Marcel Allen Rojas
ACOGE Ha Lugar
Tribunal acoge reclamo de Agrícola GM respecto a tributación de excedentes cooperativos, dejando sin efecto liquidación y resolución del SII, ordenando devolución de $5.350.679.
Agrícola y Comercial GM Limitada, cooperada de Cooperativa Colón, fue fiscalizada por el SII respecto del año tributario 2014. El Servicio rechazó la deducción de excedentes por $847.708.325 percibidos de Cooperativa Colón, argumentando que debían tributar normalmente. La contribuyente dedujo estos excedentes considerándolos renta exenta conforme a Oficio N° 549/2008 del Director Nacional, y solicitó devolución de $5.350.679 por pago provisional absorbido, que fue rechazada por Resolución Exenta N° 343 y Liquidación N° 33.
El Tribunal analiza la tributación de excedentes distribuidos por cooperativas a sus socios. Distingue que el artículo 17 N° 4 del DL 824 ordena contabilizar los excedentes como ingresos brutos, pero el artículo 33 N° 2 letra b) permite su rebaja posterior en la determinación de renta líquida imponible, sin afectar su carácter de renta exenta. Cita jurisprudencia de la Corte Suprema (Rol 5669-2013) confirmando que los excedentes exentos de Primera Categoría deben contabilizarse pero no quedan gravados. Respecto del Oficio N° 549/2008, el Tribunal considera que no establece criterio sobre coope
Tribunal rechaza solicitud de nulidad pero acoge pretensión subsidiaria. Deja sin efecto Liquidación N° 33 de 30.04.2015 y Resolución Exenta N° 343 de 13.04.2015. Ordena devolución de $5.350.679 por pago provisional absorbido, debidamente reajustada. Condena en costas al SII.
Puerto Montt, dieciocho de marzo de dos mil dieciséis.
VISTOS:
A fojas 1, comparece don Alejandro Otto Herbach Hess, RUT N° 6.154.556-5, agricultor, en representación de la S ociedad Agrícola Comercial GM Limitada, sociedad del giro explotación agrícola RUT N° 96.719.960 -5, ambos con domicilio para estos efectos en calle Manuel Rodríguez N° 850, Osorno , quien interpone reclamo tributario en contra de la Resolución Exenta N° 343 de fecha 13 de abril de 2015 y de la Liquidación N° 33 de fecha 30 de abril de 2015 , emitidas por la Dirección Regional de Puerto Montt del Servicio de Impuestos Internos, en conformidad a lo dispuesto en los artículos 124 y s iguientes del Código Tributario, y solicita se declare las actuaciones reclamadas, ordenando la devolución de los impuestos retenidos.
Señala que la contribuyente fue notificada, del proceso de operación renta con fecha 09.07.2014, a fin de que presentara una seria de antecedentes y documentos respecto al PPUA por el AT 2014 en la Dirección Regional Puerto Montt. Antecedentes que fueron presentados con fecha 29 de septiembre de 2014, según consta en Acta de Recepción debidamente otorgada por el fiscalizador.
Luego de presentado s los antecedentes, señala que sólo tomo conocimiento de lo resuelto por el Servicio a través de la Citación N° 12 de fecha 31 de marzo de 2015, notificada con esa misma fecha. Habiendo la contribuyente dado respuesta a dichos actos administrativos, y acompañando la información de respaldo a objeto de acreditar las partidas citadas. Indicando que la contestación se basó en los siguientes puntos.
1. Nulidad de la Citación por la vulneración de los artículos 6 y 7 de la Constitución Política de la República a l contravenir expresamente el artículo 26 del Código Tributario.
2. Validez de la declaración de Impuesto a la Renta AT 2014 por la exención legal contemplada en el artículo 51 de la Ley General de Cooperativas.
3. Pérdida Tributaria de Primera Categoría de ejercicios anteriores.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
Todos los fallos que publican los Tribunales Tributarios y Aduaneros, junto a las sentencias de Cortes de Apelaciones y Corte Suprema y los oficios, circulares y resoluciones del SII, fáciles de encontrar para tu caso. Actualizado a diario.
Acceso ilimitado a la jurisprudencia que necesitas.
Busca, abre y descarga todos los fallos que haga falta, sin límite.
Sentencias tributarias de segunda instancia y casación, y los requerimientos de inaplicabilidad sobre preceptos tributarios.
Cargando el buscador…
Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Busca, analiza y chatea con todos los fallos de los Tribunales Tributarios y Aduaneros de Chile.
Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
Selecciona Oficios, Circulares o Resoluciones en la barra lateral y luego un documento para ver su contenido completo.
Cubre más de 4.000 oficios, 830 circulares y 1.600 resoluciones del SII. Filtra por año o busca en materia, criterio y texto completo.