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Tribunal · solo Pro
QUIMETAL FERTILIZANTES S.A. con SII
Fecha: 11-05-2016 · Materia: Resolución
ACOGE Ha Lugar
Se acoge el reclamo tributario y deja sin efecto la Resolución que denegaba la devolución de PPM por $37.276.313, al acreditar el contribuyente la procedencia del gasto y subsanar las observaciones del SII mediante documentación contable y facturas de respaldo.
Quimetal Fertilizantes S.A., contribuyente de Primera Categoría, presentó su declaración de renta AT 2013 solicitando devolución de PPM por $37.276.313. El SII emitió Resolución N°314109000024 del 19 de noviembre de 2013 denegando la devolución, alegando que el contribuyente no aportó antecedentes para verificar la exactitud de su declaración. El contribuyente presentó recurso de reposición que fue rechazado, considerando inconsistencias en el costo directo (Observación B25) y remuneraciones (Observación AO9). Reclamó ante el Tribunal argumentando que acompañó documentación de respaldo.
El Tribunal rechazó la alegación del SII de que no podía conocer antecedentes no presentados en sede administrativa, señalando que de aceptarlo se privaría al litigante del derecho de defensa y prueba. Respecto a la Observación AO9 sobre remuneraciones, determinó que el contribuyente clasificó erróneamente $118.295.002 de comisiones por servicios (a Comercializadora Limanque y Quimetal Industrial) en el código 631 en lugar del 635, error que no afecta la base imponible ni el resultado tributario, acreditándose los gastos mediante facturas y contratos. Respecto a la Observación B25, verificó me
Ha lugar al reclamo tributario. Se deja sin efecto la Resolución Exenta N°314109000024 de 19 de noviembre de 2013 del SII. No se condena en costas a la parte reclamada por existir motivos plausibles para litigar.
D
SEGUNDO TRIBUNAL
TRIBUTARIO y ADUANERO
Región Metropolitana de Santiago
EN SANTIAGO, A ONCE DE MAYO DE DOS MIL DIECISEIS.
VISTOS:
El escrito de fecha 6 de marzo de 2014, rolante a fojas 1 a 13 vuelta de autos, presentado por don FELIPE FRANCISCO GAVILAN NUÑEZ, RUT
N“13.685.242-6, en representación de la empresa QUIMETAL
FERTILIZANTES S.A., RUT N*76.105.767-7, ambos domiciliados en Isidora Goyenechea N*3520, cuarto piso, comuna de Las Condes, mediante el cual interpone reclamo de conformidad al Procedimiento General de Reclamaciones establecido en el Código Tributario, en contra de la Resolución
N*314109000024, de fecha 19 de noviembre de 2013, mediante la cual se denegó la devolución de Pagos Provisionales Mensuales (en adelante PPM), por un monto total ascendente a $37.276.313.-(treinta y siete millones doscientos setenta y seis mil trescientos trece pesos) fundado en que el contribuyente y reclamante en autos, no habría aportado al ente fiscal los antecedentes necesarios para proceder a verificar la exactitud de la información consignada en su Declaración Anual de Impuesto a la Renta del Año Tributario (en adelante AT) 2013, contenida en el Formulario N*22 (en adelante F22), Folio 230802153, no habiendo demostrado consecuentemente la procedencia de la devolución solicitada.
En su reclamo el contribuyente sostiene, en síntesis, que la Resolución reclamada establece que, producto de la revisión practicada a la declaración de Impuesto a la Renta, y de los antecedentes que obraban en poder del Servicio de Impuestos Internos (en adelante SII), se detectaron inconsistencias que impidieron validar lo declarado.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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