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Tribunal · solo Pro
FIGUEROA SANHUEZA con SII
Fecha: 27-05-2016 · Materia: Tasación general bien raíz no agrícola
ACOGE Ha Lugar
Se acoge parcialmente el reclamo de avalúo de bien raíz no agrícola, aplicando factor de ajuste excepcional de 0,7 por características de urbanización y equipamiento disímiles respecto a otras áreas homogéneas comparables.
Sarita Figueroa Sanhueza reclamó el reavalúo del inmueble ROL 501-001 en Quilpué, aumentado de $116.759.550 a $270.363.508 (232% de incremento). Argumentó que el avalúo no consideró: ubicación alejada del sector comercial, excesiva apreciación de urbanización y equipamiento, topografía irregular con desniveles de 3,50 metros, y comparación inequitativa respecto a inmuebles similares del mismo sector. El SII sostuvo que el avalúo se ajustaba a la Ley 17.235 y Resolución Exenta 108/2013.
El tribunal concluyó que conforme al principio de igualdad jurídica (Constitución art. 19), no pueden tratarse igualmente situaciones disímiles. Encontró que inmuebles con características análogas de urbanización, equipamiento y sector recibían valores unitarios significativamente diferentes. Detectó deficiencias en la reglamentación de ajustes excepcionales de la Resolución 108/2013, siendo necesario recurrir a la Circular 10/2006 del SII. Aplicó factor de ajuste excepcional de 0,7 por las circunstancias de ubicación, urbanización y equipamiento no adecuadamente consideradas en el avalúo orig
Se acoge parcialmente el reclamo, dejando sin efecto el avalúo reclamado. Se ordena al SII calcular el nuevo avalúo aplicando factor de ajuste excepcional de 0,7, resultando avalúo de terreno de $182.303.520 y avalúo total de $192.233.428, con vigencia desde 01.01.2014. No se condena en costas.
1
FIGUEROA SANHUEZA SARITA
RUT N° 2.187.542-2
Valparaíso, veintisiete de mayo de dos mil dieciséis.
VISTO:
Que a fojas 1 y siguientes compareció doña SARITA FIGUEROA
SANHUEZA, RUT Nº 2.187.542-2, abogada, domiciliada en camino Santo Domingo Santa María N°150, comuna de Quilpué , Región de Valparaíso, quien interpuso Reclamo de Avalúo General en virtud de las siguientes consideraciones:
1. Indica que dirige su acción respecto del reavalúo de bienes raíces no agrícolas habitacionales recaído sobre el inmueble ROL N°501-001, de la comuna de Quilpué.
2. Señala que dicho reavalúo determinó una nueva tasación de $270.363.508, lo que representa un incremento superior al 232% del avalúo antiguo que ascendía a la suma de $116.759.550.
3. Funda su reclamo en la causal N°2 del artículo 149 del Código
Tributario: Aplicación errónea de tablas de clasificación respecto del bien gravado, por haberse omitido o no considerado los siguientes factores que inciden en la determinación del a valúo: a) Inmueble ubicado en lugar alejado del sector comercial; b) Excesiva apreciación de urbanización del avalúo; c) Excesiva apreciación del equipamiento del inmueble; d) Ajuste por topografía; e) Avaluación de inmuebles del mismo sector.
4. Expone que los factores que deben ser considerados para determinar los valores unitarios de terreno son aquellos establecidos en el artículo 4 N°2 de la Ley N°17.235, que prescribe: “Para la tasación de los bienes raíces de la segunda serie, se confeccionaran tablas de clasificación de las construcciones y de los terrenos y se fijarán valores unitarios que correspondan a cada tipo de bien” y que “las tablas de valores unitarios de terrenos, se anotarán en planos de precios y considerando (i) los sectores de ubicación y (ii) las obras de urbanización y (iii) equipamiento de que disponen”.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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