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Tribunal · solo Pro
VALENZUELA BOZINOVICH con SII
Fecha: 10-06-2016 · Materia: Liquidación · Juez: Miguel Andrés Massone Pardo
HA LUGAR EN PARTE Ha Lugar en Parte
Se acoge parcialmente reclamo contra liquidaciones de impuestos por años 2007 y 2008, reconociendo justificación de compra de acciones por $1.644.117 pero rechazando justificación de otras inversiones en fondos mutuos y activos.
Contribuyente no declarante para años tributarios 2007 y 2008 fue citado para justificar inversiones en fondos mutuos, acciones y vehículo por $230.359.012 (2006) y $9.795.441 (2007). Al no responder oportunamente, se emitieron liquidaciones de impuestos determinando Impuesto Global Complementario. Reclamante afirma que inversiones provenían de venta de fundo agrícola, remuneraciones como trabajador dependiente y rescates sucesivos de fondos mutuos. Presenta documentación sobre cuentas bancarias, cartolas de fondos mutuos y liquidaciones de remuneraciones.
El tribunal reconoce como acreditados los ingresos del reclamante como trabajador dependiente ($18.506.375 en 2006 y $3.799.708 en 2007). Respecto de inversiones en Santander Asset Management por $209.600.000, rechaza justificación alegando que no se explicitó a qué título la Sociedad Agrícola San Guillermo Limitada traspasó fondos al patrimonio personal ni si cumplió tributación correspondiente. Para fondos mutuos en Consorcio Corredores de Bolsa ($13.852.501), concluye que ingresos acreditados ($22.306.083) resultan insuficientes para financiar inversiones totales ($45.006.009) más gastos de
Se acoge parcialmente reclamo solo en cuanto se justifica compra de acciones por $1.644.117, excluyéndose este concepto de la liquidación y rechazándose en todo lo demás. Se ordena reliquidación de impuestos conforme al artículo 6° letra B N° 6 del Código Tributario. Cada parte paga sus costas.
“VALENZUELA BOZINOVICH JOSÉ IGNACIO con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS”
RUC N° Rol · solo Pro
Rol · solo Pro
Santiago, diez de junio de dos mil dieciséis.-
VISTOS:
A fojas 1, comparece doña Ana María Bravo Castro , abogado, RUT N°12.430.678-7, domiciliada en calle San Antonio N°378, o ficina 611, Santiago, en representación de don JOSÉ IGNACIO VALENZUELA BOZINOVICH , R UT N°13.587.218-0, i ngeniero civil, domiciliado en Parque Antonio Rabat N°6671, comuna de Vitacura, Santiago , quien interpone reclamo en contra de las Liquidaciones Nos. 0120700770 y 012800760 (sic), ambas de fecha 16 de abril de 2013. En el capítulo I de su libelo de reclamo , relativo a antecedentes generales de la resolución (sic) , explica que se notificó a su representado c itación por carta certificada N°0130701688 y N°0130801540, ambas de fecha 17/12/2012, informando la calidad de no declarante para los años tributarios 2007 y 2008 y se detalla una serie de inversiones en valor es mobiliarios y vehículo por las cuales se solicitó justificar el origen y disponibilidad de los fondos aplicados. Expone que, con posterioridad , se notificaron las liquidaciones de i mpuestos Nos. 0120700770 y 012800760 (sic), ambas de fecha 16/04/2013, en las cuales se informan los impuestos determinados, en razón que su parte no dio respuesta a la c itación, al no contar en dicha oportunidad con los antecedentes y documentos que ahora permiten justificar el origen y disponibilidad de los fondos aplicados a las inversiones observadas y sobre las diferencias en la determinación del Impuesto Global Complementario.
En el II de su libelo, relativo a los fundamentos de hecho y de derecho de la reclamación, en primer lugar, en cuanto a la determinación de la base imponible del Impuesto Global
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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