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Tribunal · solo Pro
SOCIEDAD AUSTRAL DE ELECTRICIDAD S.A con SII
Fecha: 08-08-2016 · Materia: Liquidación · Juez: Christian Marcel Allen Rojas
ACOGE+100M Ha Lugar
Tribunal acoge reclamo de SAESA contra liquidación del SII por $430.963.237, anulando ajustes a corrección monetaria por fusión y rechazando negativa de deducción de compensaciones por interrupciones de servicio eléctrico.
SAESA presentó declaración de impuesto a la renta AT 2012 declarando pérdida tributaria de $7.673.359.179 e incluyendo créditos por PPUA de $1.271.931.304. El SII autorizó devolución parcial de $1.731.260.693, quedando saldo pendiente. Posteriormente emitió Resolución EX.N°2.158 denegando devolución del saldo por PPUA. El 5 de agosto de 2015, el SII emitió liquidación N°45 ordenando restitución de $430.963.237. La empresa cuestionó dos aspectos: ajustes por corrección monetaria derivados de fusión del 31.05.2011 y compensaciones a usuarios por interrupciones de servicio registradas en cuenta 5
El tribunal reconoce que la corrección monetaria de activos en fusión debe aplicarse conforme al artículo 41 N°2 de la LIR: la sociedad absorbida corrige sus activos hasta la fecha de extinción (31.05.2011) y la continuadora corrige los activos recibidos desde esa fecha. No existe descompensación, sino aplicación armónica de normas tributarias. Respecto a compensaciones por interrupción de servicio, el tribunal establece que éstas son obligatorias por ley (artículo 16 B Ley SEC), no tienen naturaleza de multa sino de compensación indemnizatoria, y cumplen los cinco requisitos para gasto necesa
Acoge en todas sus partes el reclamo interpuesto contra liquidación N°45 de 05 de agosto de 2015. Anula la liquidación reclamada del SII. Exime de costas al reclamante por considerar que tuvo motivo plausible para litigar.
Puerto Montt, ocho de agosto de dos mil dieciséis.
VISTOS:
A fojas 1, comparecen Sebastián Renato Sáez Rees, abogado, RUT N° 8.955.392-K, y Víctor Eduardo Vidal Villa, ingeniero Civil Industrial, RUT N° 9.987.057-5, ambos en representación de Sociedad Austral de Electricidad S.A. (SAESA), RUT N° 76.073.162-5, del giro de generación, transmisión, distribución y venta de energía eléctrica; todos domiciliados en calle Bulnes N°441, Osorno; quienes interponen reclamo tributario en contra de la liquidación N° 45 de fecha 5 de agosto de 2015; notificada por cédula el 07 de agosto de 2015, solicitando se acoja, procediéndose a su anulación, con costas.
Funda su acción en los siguientes antecedentes:
I. En cuanto a los antecedentes generales del proceso de fiscalización.
1. Declaración de Impuesto a la Renta A.T 2012
Señala que con fecha 9 de mayo de 2012, presentó su declaración anual de impuesto año tributario 2012, declarando una pérdida tributaria de $(7.673.359.179), solicitando una devolución de $2.427.316.475 por concepto de, Pagos Provisionales Mensuales (artículo 84 de la LIR) por el monto de $ 1.125.517.696; Créditos por Gasto de Capacitación por un monto de $ 29.867.478; y PPUA por un monto de $1.271.931.304 correspondiente al Impuesto de Primera Categoría pagado sobre las utilidades generadas en períodos anteriores, debidamente registrado en su libro de Fondo de Utilidades Tributables.
Indica que el 23 de mayo de 2012, el SII autorizó una devolución parcial por el monto de $1.731.260.693, monto que fue depositado por la Tesorería General de la República con fecha 29 de mayo de 2012, por un monto de $1.753.070.242, cifra reajustada, y que considera una compensación de $696.840, quedando aún pendiente de devolución el monto de $696.055.782.
2. Notificación N°120201574.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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