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Tribunal · solo Pro
JOHN DEERE WATER LIMITADA con SII
Fecha: 17-08-2016 · Materia: Resolución
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamación por devolución de $82.456.349 por PPM y PPUA. Contribuyente no acreditó fehacientemente la pérdida tributaria ni desvirtuó observaciones del SII sobre gastos de remuneraciones e inconsistencias contables.
John Deere Water Limitada solicitó devolución de $82.456.349 en su declaración de renta AT 2013 por exceso de Pagos Provisionales Mensuales ($59.556.212) y Crédito por Utilidades Absorbidas ($28.113.568). El SII emitió Resolución N°314000000018 de noviembre 2013 denegando la devolución por falta de documentación suficiente. La empresa no concurrió a la citación de julio 2013 para aportar antecedentes. Se presentó recurso administrativo que fue denegado en febrero 2014.
El tribunal estimó que, aunque puede conocer de reclamaciones con documentación no presentada en sede administrativa, el contribuyente debe acreditar los requisitos legales: que el resultado comercial esté bien determinado (art. 29-33 LIR) y que los gastos cumplan requisitos copulativos de relación directa, necesidad, pago y acreditación fehaciente. Se verificaron inconsistencias significativas entre lo registrado en balances y libros contables versus lo declarado en F22 AT 2013, particularmente en remuneraciones ($2.036.430.347 declarado vs. $1.151.596.327 en balance). No se acompañó document
Rechaza la reclamación y confirma Resolución N°314000000018 de 22 noviembre 2013 del SII que negó la devolución de $82.456.349 por PPM y PPUA. Sin condena en costas por existir motivos plausibles para litigar.
AN
SEGUNDO TRIBUNAL
TRIBUTARIO y ADUA MERO
Región Metropolitana de Santiago
EN SANTIAGO, A DIECISIETE DE AGOSTO DE DOS MIL DIECISEIS.
VISTOS:
El escrito de fecha 12 de marzo de 2014, rolante a fojas 1 a 8 de autos, presentado por don JUAN IGNACIO CORNEJO RODRIGUEZ, RUT
N*9.383.128-4, en representación de la empresa JOHN DEERE WATER
LIMITADA, RUT N*96.913.660-0, ambos domiciliados para estos efectos en Cerro Santa Lucía N*9990, comuna de Quilicura, mediante el cual interpone reclamo de conformidad al Procedimiento General de Reclamaciones establecido en el Código Tributario, en contra de la Resolución Exenta N*314000000018, de fecha 22 de noviembre de 2013, mediante la cual se declara improcedente la devolución de saldo a favor retenido de la Declaración de Impuesto a la Renta Año Tributario (en adelante AT) 2013, por un monto ascendente a $82.456.349.- (ochenta y dos millones cuatrocientos cincuenta y seis mil trescientos cuarenta y nueves pesos) fundado en que el contribuyente y reclamante en autos, no habría aportado al ente fiscal los antecedentes necesarios para proceder a verificar la exactitud de la información consignada en su declaración, no habiendo demostrado consecuentemente la procedencia de la devolución solicitada.
En su reclamo el contribuyente sostiene, en síntesis, que mediante la declaración anual de impuesto a la renta AT 2013 solicitó devolución de la cantidad de $82.456.349.-, por exceso de Pagos Provisionales Mensuales (en adelante PPM) por $59.556.212.-; por Pago Provisional por Utilidades Absorbidas (en adelante PPUA), por $28.113.568.-; y deducciones por la suma de $5.757.657.-
Expresa que con fecha 13 de junio de 2013, se emitió documento individualizado bajo el N*130202181, donde se le informó que su declaración presentaba las siguientes Observaciones:
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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