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Tribunal · solo Pro
GV CHILE HOLDING LIMITADA con SII
Fecha: 08-11-2016 · Materia: Resolución
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo contra Resolución 6494/2014 que rebajó pérdida tributaria declarada, por falta de acto conclusivo reclamable y ausencia de conflicto jurídico relevante.
GV Chile Holding Limitada declaró pérdida tributaria de US$ 24.623.415,70 para año 2013 y solicitó devolución de $10.649.127 por Pagos Provisionales por Utilidades Absorbidas (PPUA). El SII fiscalizó mediante Resolución 6494 de 27.08.2014, rebajando la pérdida a US$ 15.091.480,18. La contribuyente reclamó alegando exceso de plazo, vulneración de cosa juzgada administrativa y errores técnicos en evaluación de tasas de interés de créditos.
El tribunal analiza que conforme artículos 123 y 124 del Código Tributario, solo son reclamables actos conclusivos taxativamente indicados: liquidaciones, giros, pagos o resoluciones que incidan en el pago de impuesto o que denieguen peticiones del artículo 126. La Resolución 6494 solo rebajó la pérdida declarada sin denegar devolución de PPUA ni generar diferencias de tributos. Además, consta que la solicitud de devolución de PPUA, inicialmente denegada por Res. 3154, fue posteriormente aprobada. Por lo anterior, no existe derecho lesionado ni conflicto jurídico relevante que resolver.
Se rechaza el reclamo por no concurrir requisitos del artículo 124 del Código Tributario. Se mantiene firme la actuación reclamada. No se condena en costas estimando motivo plausible para litigar.
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GV CHILE HOLDING LIMITADA
RUT N° 76.016.997-8
Valparaíso, ocho de noviembre de dos mil dieciséis
VISTO:
Que a fojas 1 y siguientes compareció don Felipe Domínguez Celis , abogado, RUT N° 13.551.232 -K, en representación de la sociedad GV CHILE HOLDING LIMITADA, del giro de su denominación , RUT N° 76.016.997 -8, ambos domiciliados en Camino Internacional 1420, comuna de Viña del Mar, V Región, quien interpuso Reclamo General Tributario en virtud de las siguientes consideraciones:
1. Indica que dirige su acción en contra de la Resolución N°6494, de fecha 27.08.2014, que rebajó la pérdida tributaria declarada por GV Chile Holding Limitada para el año tributario 2013, pasando de la cantidad de US$ 24.623.415,70, a US$ 15.091.480,18.
2. Alega la nulidad de la Resolución reclamada por infringir lo dispuesto en el inciso final del artículo 59 del Código Tributario, excediendo el plazo de doce meses para fiscalizar y resolver las devoluciones de PPUA.
3. Afirma también que se han vulnerado las propias instrucciones del Servicio y el artículo 6º B) inciso final del Código Tributario, porque dicho órgano estaba impedido de iniciar una nueva fiscalización ya que, previamente, la Resolución N°315 4 ya había fiscalizado y resuelto la misma materia relacionada con PPUA, no pudiéndose realizar una nueva revisión.
4. Agrega que también se ha infringido la prohibición dispuesta en el artículo 6º B) Nº 5º inciso 2º del Código Tributario, al existir reclamo judicial pendiente sobre la misma materia ante esta judicatura.
5. Alega también que la actuación reclamada ha vulnerado el principio conclusivo de la Ley Nº19.880 y adolece de falta de fundamentación.
6. Asimismo, señala que la resolución ha infringido el principio de la cosa juzgada administrativa y que la tasa de interés de los créditos cuestionados fue validada en fiscalizaciones anteriores.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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