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Tribunal · solo Pro
SII con Transportes Godoy Hermanos S.A.
Fecha: 11-11-2016 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT
HA LUGAR EN PARTE Ha Lugar
Tribunal confirma parcialmente denuncia por declaración falsa de renta (art. 97 N°4 inc. 1° CT) con facturas clonadas, rechaza acusación por IVA por prescripción e insuficiencia probatoria, imponiendo multa de $40.663.692.
El SII denunció a Transportes Godoy Hnos. S.A. por usar 26 facturas falsas de cinco proveedores en períodos 2013-2014, registrándolas como crédito fiscal IVA y como gastos en declaración de renta AT 2014. Las facturas fueron clonadas (diferente monto, cliente y fecha respecto a originales). Contribuyente no presentó descargos. Se verificó que declaró IVA y renta con base en estos documentos falsos.
El tribunal aplicó presunción de inocencia y carga de prueba al SII, confirmando prescripción en artículo 200 CT (3 años desde comisión). Respecto a AT 2014 (inc. 1°): acreditó que facturas son ideológica y materialmente falsas (cotejos con originales), que fueron consideradas en determinación original de impuesto (rectificación posterior lo prueba), y que hubo dolo malicioso en su registro y declaración. Respecto a inc. 2° (IVA): rechazó por falta de acompañamiento de F29 que pruebe declaración de crédito fiscal, siendo requisito copulativo. Prescripción alcanzó períodos enero-octubre 2013.
Confirma parcialmente acta de denuncia solo por art. 97 N°4 inc. 1° CT (declaración falsa de renta AT 2014). Rechaza acusación por inc. 2° y por períodos IVA prescritos. Aplica multa de $40.663.692 (300% del perjuicio de $13.554.564). Ordena giro de multa una vez ejecutoriada. No condena en costas.
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RIBUTARIO y ADUANERO 2]
Región Memoria de Santiago
EN SANTIAGO, ONCE DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DIECISEIS.
VISTOS:
Que a fojas 5 rola el Acta de Denuncia N*10, de fecha 17 de octubre de 2016, emitida por la Dirección Regional Santiago Poniente del Servicio de Impuestos Internos, en contra del contribuyente TRANSPORTES GODOY HNOS. S.A., RUT N*76.231.888-1, con giro “Transporte de carga por carretera”, domiciliado en Avenida Lo Ovalle N*1143, oficina N*1107, Comuna de San Miguel, por haber incurrido en las infracciones descritas y sancionadas en el artículo 97 N*4 incisos primero y segundo del Código Tributario.
Que, el Servicio de Impuestos Internos (en adelante SII) indica, en resumen, que, el presente caso tuvo su génesis en una derivación del Departamento de Fiscalización de la Dirección Regional Metropolitana Santiago Norte, a través de Ordinario N*108 de fecha 3 de julio de 2014, en el que se informó la detección de hechos posiblemente constitutivos de delitos tributarios. En este documento, se indicó que Unión Técnica Automotriz S.A. denunció, entre otros, al presente contribuyente, por encontrarse utilizando facturas de ventas clonadas con su nombre y RUT.
Señala que con fecha 9 de septiembre de 2014, se notificó personalmente al contribuyente para la fiscalización de los períodos de IVA, desde diciembre 2012 a agosto 2014.
Sostiene que, debido a la detección de estos hechos, con fecha 24 de septiembre de 2014, se levantó Acta de Recepción de Documentos.
Añade que, con fecha 26 de mayo de 2015, se notificó por cédula en la persona de Wladimir Igor Godoy Bravo, para la fiscalización de los períodos de IVA, desde mayo 2012 a abril 2015, y Renta, Años Tributarios (en adelante AT) 2013, 2014 y 2015.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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