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Tribunal · solo Pro
SII con Durán Durán
Fecha: 23-11-2016 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT
RECHAZA
Tribunal confirma acta de denuncia por delitos tributarios: falsas declaraciones de renta, crédito fiscal fraudulento en IVA y devolución indebida. Impone multa de $73.739.370 por uso de facturas clonadas y operaciones inexistentes.
El SII fiscalizó al contribuyente Segundo Antonio Durán Durán (giro fabricación de productos elaborados de metal) y detectó que incorporó en su contabilidad 14 facturas falsas de 6 proveedores para los períodos 2012-2015. Las facturas fueron clonadas: presentaban diferentes montos, receptores y conceptos respecto de los originales. El contribuyente declaró estos costos falsos en sus F22 de Renta AT 2015 e IVA (F29), obteniendo crédito fiscal indebido y devolución de $254.520. El contribuyente no acreditó la efectividad de las operaciones ni el pago, afirmando que un tercero le facilitó materia
El tribunal, aplicando presunción de inocencia y carga de prueba del SII (no del art. 21 CT), analizó los tres incisos del art. 97 N°4 CT. Respecto al inciso primero (declaraciones falsas que induzcan menor impuesto): acreditó que las facturas son ideológica y materialmente falsas (clonadas, con diferencias en montos y clientes), comparando originales vs. acompañadas; la declaración falsa en F22 AT 2015 indujo a liquidación menor; hubo dolo por registro sistemático y reiterado de costos inexistentes. Inciso segundo (maniobras para aumentar crédito IVA): acreditó que el contribuyente afecto a I
Se confirma Acta de Denuncia N°4 por los tres delitos del art. 97 N°4 CT. Se aplica multa total de $73.739.370: 300% de defraudación en Renta ($38.954.835), 300% en IVA ($33.766.455) y 400% por devolución indebida ($1.018.080). Orden de emisión de giro de multa una vez ejecutoriada.
AN
SEGUNDO TRIBUNAL
TRIBUTARIO y ADUANERO
Región Metropolitana de Santiago
EN SANTIAGO, VEINTITRES DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DIECISEIS.
VISTOS:
Que a fojas 5 rola el Acta de Denuncia N*4, de fecha 30 de septiembre de 2016, emitida por la Dirección Regional Santiago Poniente del Servicio de Impuestos Internos, en contra del contribuyente SEGUNDO ANTONIO
DURAN DURAN, RUT N*15.612.244-0, con giro “Fabricación de Productos
Elaborados de Metal”, domiciliado en Mapocho N*4406, Comuna de Quinta Normal, por haber incurrido en las infracciones descritas y sancionadas en el artículo 97 N*4 incisos primero, segundo y tercero del Código Tributario.
Que, el Servicio de Impuestos Internos (en adelante SIT) indica, en resumen, que a raíz de una fiscalización a la empresa Nueva Pudahuel S.A., en relación a su factura de compra electrónica N*6, emitida el 29 de enero de 2015, se detectó que dicho documento no había sido declarado por su receptor, el contribuyente Segundo Antonio Duran Duran, conforme da cuenta la Minuta N*378, de fecha 2 de junio de 2015, emitida por el funcionario fiscalizador don Leoncio Mella Bravo.
Señala que, posteriormente y conforme a un proceso de Recopilación de Antecedentes, según da cuenta el Informe de DFI 14.02 N*272/2016, de fecha 2 de junio de 2015, se detectaron irregularidades tributarias al contribuyente denunciado.
Agrega que el proceso de recopilación de antecedentes descrito en el informe individualizado, se inició con fecha 9 de abril de 2015, en el cual se notificó al contribuyente para que se presentara el día 15 de abril de 2015, acompañando antecedentes.
Sostiene que, con fecha 15 de abril de 2015, en respuesta a Notificación Formulario 3285, Folio 0636859, el contribuyente acompañó parcialmente los antecedentes solicitados, en virtud de lo cual se levantó Acta de Recepción de Documentos, Formulario 3309. dry
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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