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Tribunal · solo Pro
PARC BERDRAND SA con SII
Fecha: 23-11-2016 · Materia: Liquidación · Juez: Miguel Andrés Massone Pardo
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de sociedad extranjera contra liquidación de Impuesto Adicional por retiros de dividendos no declarados, confirmando la liquidación.
Parc Berdrand S.A., sociedad constituida en Islas Vírgenes Británicas con RUT 59.052.190-6, tenía inversiones en Chile a través de su agencia constituida en 1999. En agosto de 2008, trasladó participaciones en Cosersa Limitada a su agencia chilena. Durante 2009 recibió retiros de Inmobiliaria Cosersa S.A. por $122.824.401, que no incluyó en su declaración de renta 2010. El SII emitió Liquidación 175 del 26 de julio de 2013 determinando Impuesto Adicional omitido por $43.246.471 más reajustes e intereses.
El tribunal analizó la carga probatoria conforme artículos 21 del CT y 1698 CC. Estableció que la reclamante no acreditó suficientemente que no tuvo participación en Inmobiliaria Cosersa durante 2009 ni que no recibió retiros de utilidades. Aunque la agencia chilena fue constituida en 1999, la transferencia de participaciones en 2008 no desvirtúa que la sociedad extranjera recibió retiros gravados. Conforme artículos 60 inc1° y 74 N°4 LIR, personas jurídicas constituidas fuera de Chile que perciban rentas de fuentes chilesas deben pagar Impuesto Adicional del 35%. La retención provisional del
Se rechaza el reclamo íntegramente y se confirma la Liquidación 175. Se rechaza además la solicitud de inadmisibilidad probatoria. Se condena en costas a la parte reclamante.
“PARC BERDRAND S.A. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS”
RUC N° Rol · solo Pro
RIT N° Rol · solo Pro
Santiago, veintitrés de noviembre de dos mil dieciséis.-
VISTOS:
A fojas 1, comparece doña Diana Olombi Cecilia Yarur Sabal, factor de comercio, cédula nacional de identidad N°5.865.745-K, domiciliada en Agustín Denegri 5251, comuna de Vitacura, Santiago, en representación de PARC BERDRAND S.A., sociedad anónima constituida y organizada conforme a las Leyes de las Islas Vírgenes Británicas, RUT N°59.052.190 -6, domiciliada en E.A. Creque Building, Main Street, Road Town, Tortola, Islas Vírgenes Británicas, quien deduce reclamo tributario en contra de la Liquidación N°175, emitida con fecha 26 de julio de 2013, por la XV Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente del Servicio de Impuestos Internos, solicitando declarar que dicha liquidación es improcedente, con costas, en virtud de los siguientes fundamentos:
En el primer apartado de su libelo de reclamo, relativo a los hechos, explica que la reclamante es una sociedad constituida en el extranjero , debidamente registrada ante el Servicio de Impuestos Internos bajo el RUT N°59.052.190-6, que desde el año 1995 hasta el 10 de octubre de 2008, tenía inversiones en Chile , consistentes en el 35% de los derechos sociales de la sociedad Comercial y Servicios Automotrices Cosersa Limitada, RUT N°93.236.000-4.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
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