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Tribunal · solo Pro
HOTT REHBEIN con DIRECCION REGIONAL PUERTO MONTT
Fecha: 06-02-2017 · Materia: Liquidación · Juez: Christian Marcel Allen Rojas
RECHAZA Confirmatorio No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo contra liquidación de impuesto por imposibilidad del contribuyente de acreditar origen de fondos para inversión inmobiliaria de $50.000.000.
Pablo Hott Rehbein, contribuyente de segunda categoría, realizó en 2011 inversiones inmobiliarias por $670.000.000 ($470.000.000 y $200.000.000). El SII detectó inconsistencias al comparar ingresos declarados con inversiones efectuadas. El contribuyente alegó que $420.000.000 fueron financiados por crédito hipotecario bancario y $50.000.000 mediante préstamo de su tío Raúl Hott Vásquez. Presentó cartola bancaria y reconocimiento de deuda posteriores a la liquidación cuestionada.
El tribunal analizó que aunque el mutuo es consensual, corresponde al contribuyente acreditar su existencia. La cartola histórica demuestra depósito de $50.000.000 el 27 de julio de 2011, pero no permite conectar dicho depósito con cuentas del supuesto acreedor. El reconocimiento de deuda fue ejecutado posterioremente (17 agosto 2015) sin valor probatorio suficiente. El testigo Raúl Hott declaró haber hecho transferencia bancaria, pero no se pudo verificar movimiento de sus cuentas. El tribunal consideró esencial la documentación del origen de fondos conforme a arts. 70 y 71 DL824. La presunci
Se rechaza íntegramente el reclamo tributario. Se confirma la Liquidación N° 43 de 30 julio 2015 emitida por la Unidad Osorno del SII. Se condena en costas al reclamante.
Puerto Montt, seis de febrero de dos mil diecisiete.
VISTOS:
A fojas 1, comparece don Juan Helmuth Mansilla Hernández , RUT N°8.652.173-3, contador público y contador auditor, en representación de Pablo Javier Hott Rehbein, RUT N° 12.661.386-5; ambos con domicilio en Calle Lord Cochrane N° 954, comuna y ciudad de Osorno; quien interpone reclamo tributario en contra de la Liquidación N° 43 de fecha 30 de julio de 2015, emitida por la Unidad de Osorno de la Dirección Regional Puerto Montt del Servicio de Impuestos Internos, solicitando se deje sin efecto. I. Fundamentos de hecho:
Relata que dentro del programa de Operación Renta del AT 2012, y de la revisión practicada a la información que obra en poder del Servicio, respecto de rentas informadas, se detectaron inconsistencias en la declaración del contribuyente, a quién se le notificó con fecha 20 de julio lo siguiente: “el origen de los fondos con que efectuó la siguiente inversión no guarda relación con las rentas declaradas”.
Al no concurrir el contribuyente a regularizar su situación, el Servició procedió a emitir la Citación N° 19 señalando las inversiones cuestionadas: 1.- Inversión Bienes Raíces, Rol 0053800095, Comuna 10109, monto de inversión $470.000.000, fecha 08/06/2011 2.- Inversión Bienes Raíces, Rol 00554600288, Comuna 10109, monto inversión $200.000.000, fecha 08/09/2011.
Destaca que presentó una RAV en contra de la Liquidación N° 43, la que determinó una d iferencia de impuesto global complementario correspondiente al AT 2012, ascendente a la suma de $20.148.957, incluidos reajustes e intereses. Instancia a la cual el Servicio resolvió, no ha lugar.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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