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Tribunal · solo Pro
SOC. DE INGENIERÍA MANT. CONSTR. VENT DE INSUMOS con SII
Fecha: 06-03-2017 · Materia: Liquidación · Juez: Francisco Javier Orellana Rivera
RECHAZA No Ha Lugar
Se rechaza reclamo contra liquidaciones de IVA y renta por incumplimiento de obligación de acreditar gastos y créditos fiscales en fiscalización administrativa.
La SII practicó fiscalización a Sociedad de Ingeniería mediante Citación N°8 de 25.02.2015, requiriendo acreditación de operaciones de IVA (febrero 2012 a agosto 2014) e Impuesto de Primera Categoría (años 2012-2014). Se solicitó documentación específica sobre facturas recibidas, costos, gastos y créditos fiscales declarados. La contribuyente no respondió la citación. Con fecha 22.04.2015 se emitieron Liquidaciones N°s 73 a 105, rechazando gastos, costos y créditos fiscales por falta de acreditación documental. Se notificaron el 28.04.2015. La reclamante cuestionó la validez de notificaciones
El tribunal considera hechos no controvertidos que la contribuyente estaba afecta a IVA e impuesto de primera categoría, siendo obligada a rendir contabilidad completa conforme artículos 29-33 LIR. La Citación fue clara y específica en sus requerimientos documentales. La contribuyente incumplió el deber de colaboración fiscal establecido en artículo 21 CT para acreditar sus declaraciones. Los documentos aportados en sede judicial resultan inadmisibles por no haber sido presentados en la fiscalización administrativa, conforme artículo 132 inciso 11° CT. Las liquidaciones contienen adecuada fund
Se rechaza el reclamo y se mantienen a firme las Liquidaciones N°s 73 a 105. Se condena en costas a la reclamante vencida, a ser reguladas al dictarse el cúmplase.
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SOCIEDAD DE INGENIERIA, MANTENCIÒN, CONSTRUCCIÓN, VENTA DE INSUMOS
Y MONTAJES INDUSTRIALES LTDA.
RUT N° 76.121.083-1
Valparaíso, seis de marzo de dos mil diecisiete
VISTO:
Que a fojas 1 y siguientes compareció don Roberto Coloma Méndez, abogado, RUT N° 9.296.441-8, en representación de SOCIEDAD DE INGENIERIA, MANTENCIÒN, CONSTRUCCIÓN, VENTA DE INSUMOS Y MONTAJES INDUSTRIALES
LTDA., del giro de su denominación, RUT N° 76.121.083-1, ambos domiciliados en avenida uno norte 52 5, oficina 505, ciudad de Viña del Mar , V Región, quien interpuso Reclamo General Tributario en virtud de las siguientes consideraciones:
1. Indica que dirige su acción en contra de las Liquidaciones Nºs 73 a 105, todas de fecha 22 de abril de 2015, notificadas el 28 de abril del mismo año.
2. Alega que no tuvo conocimiento de la Citación, cuya notificación se encuentra viciada conforme se constata en el respetivo estampe y porque nunca recibió la cédula ni copia íntegra de la citación, no cumpliéndose los requisitos legales preceptuados en los artículos 11 y 13 del Código Tributario, lo que motivó que estuviera impedida de dar respuesta a dicha fiscalización y que la diferencia de impuestos se acrecentara en virtud del artículo 53 del mismo Código, añadiendo que a dicha época no mantenía en su poder toda la documentación necesaria requerida.
3. Expone, por su parte, que recién hasta la semana del 13 de agosto de 2015, conoció de las Liquidaciones reclamadas, las que también fueron notificadas ilegalmente por cuanto habrían sido comunicadas personalmente a persona con poder especial que no tenía facultades para ser notificado de la actuación que se reclama.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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