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Tribunal · solo Pro
AFISA S.A. con DIRECCIÓN REGIONAL METROPOLITANA SANTIAGO NORTE
Fecha: 21-08-2017 · Materia: Resolución
RECHAZA No Ha Lugar
El tribunal rechaza la reclamación y confirma el Ordinario del SII que gira cuotas suplementarias y aplica sobretasa por sitio eriazo al inmueble ROL 1420-19, por falta de prueba de factores negativos y certificado de recepción de obras.
AFISA S.A., propietaria del inmueble ROL 1420-19 ubicado en Colina, resultante de subdivisión de proyecto loteo aprobado mediante Resolución 57/2010, reclama contra Ordinario 42 del SII de 4 de febrero 2015 que gira cuotas suplementarias por períodos 2010-2013 (total aproximado $5.537.080) y aplica sobretasa por sitio eriazo. La reclamante alega que el predio está afecto a utilidad pública, prohibición de edificar, bien nacional de utilidad pública por vialidades y cesión de áreas verdes, factores que deberían disminuir su valor y que no fueron considerados en el avalúo. Además, sostiene que l
El tribunal analiza la Ley 17.235 sobre Impuesto Territorial y sus artículos 3, 8, 10, 12, 13, 18 y 19, que regulan retasaciones, sobretasas por sitio eriazo, modificaciones retroactivas de avalúos y cuotas suplementarias. Confirma que la sobretasa por sitio eriazo en predios de subdivisión o loteo superior a 50 hectáreas se aplica solo tras 10 años desde recepción definitiva de obras de urbanización. El tribunal observa que la ficha descriptiva del área homogénea HMB-069 donde se ubica el inmueble sí incluye los factores negativos alegados (utilidad pública, vialidades, áreas verdes). Sin emb
No ha lugar a la reclamación. Confírmase en todas sus partes el Ordinario 42 de 4 de febrero 2015 del SII respecto del bien raíz ROL 1420-19 de Colina. No se condena en costas a la reclamante por tener motivos plausibles para litigar.
SEGUNDO TRIBUNAL
TRIBUTARIO y ADUANERO
Región Metropolitana de Santiago
EN SANTIAGO, A VEINTIUNO DE AGOSTO DE DOS MIL DIECISIETE.
VISTOS:
El escrito de fecha 29 de mayo de 2015, rolante a fojas 1 a 4 de autos, presentado por doña MARÍA TERESA KOEHLER DUNCKER, RUT
N*38.329.148-4, en representación de sociedad AFISA S.A., RUT
N*%96.636.460-2, ambos domiciliados en calle Don Carlos N*2986, oficina N*1, comuna de las Condes, mediante el cual interpone reclamo de conformidad al Procedimiento General de Reclamaciones establecido en el Código Tributario, en contra del Ordinario N*42, de fecha 4 de febrero de 2015, emitido por el Servicio de Impuestos Internos (el adelante SIT), el cual rechaza eliminar las cuotas suplementarias y aplicar el ajuste en la tasación del inmueble ROL N*1420-19, Señaló que el inmueble citado corresponde al Lote denominado “Reserva Propietario 2A”, resultante de la resolución de aprobación de modificación de proyecto loteo N*57/2010, el ML A-1 se modifica dando origen a 16 nuevos lotes que se individualizan en dicha resolución, dejándose constancia que la totalidad del loteo se encuentra afecto a utilidad pública con prohibición de edificar, afecto a bien nacional de utilidad pública según el PRMS por vialidad estructurante y por vialidad interior y afecto a cesión de áreas verdes, Conforme a lo anterior, se creó con una superficie de 11.208,77 menos las superficies afectas a utilidad pública, vialidad estructurante e interior y cesión de áreas verdes, por lo cual, su superficie final asciende a 8.019,93 m2.
Sostuvo que el inmueble ha sido objeto del giro de 7 cuotas suplementarias retroactivas, a saber: 0-2010: $525.389.-, 0-2011: $525.389.- , 0-2012: $525.389.-, 0-2013: $1.283.418.-, 9-2011: $525.389.-, 9-2012: $525.389.-, y 9-2013: $1.252.116.-
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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