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Tribunal · solo Pro
SII con COMERCIAL HERNASAN SPA
Fecha: 13-10-2017 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT
RECHAZA Ha Lugar
Tribunal confirma sanción por aumento malicioso de crédito fiscal mediante facturas falsas. Multa de $10.265.701 equivalente al 100% de lo defraudado en IVA.
El SII denunció a Comercial Hernasan SPA por registrar dos facturas (N°111 y 113) emitidas por Servicios Integrales Toro SPA en octubre y noviembre de 2015, por montos de $29.248.948 y $32.341.357 respectivamente, que sustentan crédito fiscal por $9.833.746. El contribuyente registró estas facturas en su libro de compras y declaró el crédito fiscal en sus F29. El SII constató que las facturas presentaban timbre falsificado, fechas de timbraje posteriores a su emisión, y no había acreditación de efectividad de operaciones. La denunciada no presentó descargos ni justificó el crédito utilizado.
El tribunal establece que en procedimiento de sanciones tributarias rige el principio de presunción de inocencia, siendo el SII quien debe probar sus alegaciones. Se acreditó que el contribuyente cumplía requisitos para delito: 1) Afecto a IVA; 2) Realizó maniobras para aumentar créditos indebidamente; 3) Actuó maliciosamente. Las facturas carecen de requisitos legales: timbre falso no reconocido por el ente fiscal, autorización posterior a emisión (3 de diciembre vs. 30 de octubre y noviembre de 2015), monto de crédito sin relación con registros normales, representan 99% del crédito declarado
Se confirma el Acta de Denuncia N°12 de 15 de septiembre de 2017. Se aplica multa de $10.265.701 (100% de lo defraudado en IVA) a Comercial Hernasan SPA. Se ordena al Director Regional del SII girar la multa una vez ejecutoriada la sentencia.
MN
SEGUNDO TRIBUNAL
TRIBUTARIO y ADUANERO
Región Metropolitana de Santiago
EN SANTIAGO, TRECE DE OCTUBRE DE DOS MIL DIECISIETE.
VISTOS:
Que a fojas 2 rola el Acta de Denuncia N*12 de fecha 15 de septiembre de 2017, emitida por la Dirección Regional Santiago Centro del Servicio de Impuestos Internos, remitida por doña VIRGINIA SAN JUAN UBILLA, Directora Regional (S) de la Dirección Regional Metropolitana Santiago Centro del Servicio de Impuestos Internos (en adelante SII), en contra de la contribuyente COMERCIAL HERNASAN SPA (en adelante HERNASAN SPA), RUT N*76.556.991-5, representada por don LUIS ALEJANDRO HERNÁNDEZ
SANHUEZA, RUT N*11.943.385-1, con domicilio en calle Miraflores N*222, oficina 28, comuna de Santiago, por haber incurrido en la infracción descrita y sancionada en el artículo 97 N*4 inciso 2% del Código Tributario. El acta materia de este proceso fue notificada por cédula en el domicilio de la contribuyente con fecha 15 de septiembre de 2017.
Que en dicha actuación el SII indica, en resumen, que el contribuyente fue derivado del Grupo de Timbraje del Departamento de Asistencia al contribuyente debido a que no pudo justificar el crédito fiscal utilizado en dos facturas correspondiente a los periodos octubre y noviembre de 2015.
Señala que la denunciada se presentó ante el SII con fecha 11 de enero de 2016 y aportó Libro de Compras y Ventas de los periodos octubre y noviembre de 2015 y las Facturas N*111 de fecha 30 de octubre de 2015 y N*113 de fecha 30 de noviembre de 2015.
Sostiene que de la revisión de éstas se detectaron irregularidades en su emisión, por lo que se inició una Recopilación de Antecedentes en la que no se acreditó la efectividad de las operaciones según el artículo 23 N*5 de la Ley sobre IVA, por lo que se notificó a la denunciada de acuerdo al Artículo Único de la Ley N“18.320 para que aporte documentación contable y tributaria de IVA correspondiente a los periodos octubre 2015 a junio 2016, requerimiento al que MS
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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