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Tribunal · solo Pro
SII con Urbina Arenas
Fecha: 06-12-2017 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT · Juez: José Antonio Guerrero Uriarte
RECHAZA Ha Lugar
Tribunal confirma denuncia por fraude tributario: contribuyente incorporó facturas falsas en contabilidad, declaró crédito fiscal indebido y obtuvo devoluciones improcedentes. Se condena a multa de $23.377.401.
Ramón Cristian Urbina Arenas, contratista en construcción y alquiler de vehículos, fue denunciado por el SII por incorporar en su contabilidad 22 facturas falsas emitidas por proveedores entre 2013 y 2015. Reconoció haber comprado crédito fiscal a una persona llamada Luis Bustos en Melipilla por necesidad económica. Utilizó estas facturas para deducir costos y gastos en años tributarios 2014 a 2016, además de obtener devoluciones de impuestos improcedentes en 2015 y 2016. No presentó descargos ante la acusación.
El tribunal aplicó presunción de inocencia en procedimiento administrativo, ubicando carga probatoria en el SII. Confirmó tres infracciones: (1) declaraciones maliciosamente falsas en Renta al incluir costos amparados en facturas falsa e indocumentadas, induciendo liquidación inferior; (2) utilización de crédito fiscal indebido en IVA por facturas no acreditadas; (3) simulación de operaciones tributarias para obtener devoluciones improcedentes. El perjuicio fiscal totalizado es de $30.073.842, desglosado en Renta $13.392.882, IVA $15.673.429 y Reintegro $1.007.531. Consideró grado de cultura d
Se confirma Acta de Denuncia N°16 y se aplica multa de $23.377.401 (50% perjuicio Renta, 100% perjuicio IVA, 100% devolución indebida). Director Regional debe emitir giro ejecutoriado de la multa.
Yrb SEGUNDO TRIBUNAL
TRIBUTARIO «ADUANERO Región Metropolitana de Santiago
EN SANTIAGO, SEIS DE DICIEMBRE DE DOS MIL DIECISIETE.
VISTOS:
Que a fojas 8 rola el Acta de Denuncia N°16 de fecha 9 de noviembre de 2017 emitida por la Dirección Regional Santiago Poniente del Servicio de Impuestos Internos en contra del contribuyente RAMÓN CRISTIAN URBINA
ARENAS, RUT N°10.067.134-4 con giro en "Preparación del terreno, excavaciones y movimientos de tierra, obras menores en construcción (contratistas, albañiles, carpinteros), alquiler de autos y camionetas sin chofer", domiciliado en Victoria S/N Melipilla, Alhué, por haber incurrido en las infracciones descritas y sancionadas en el artículo 97 N°4 incisos 1°, 2° y 3° del Código Tributario.
Que, el Servicio de Impuestos Internos (en adelante SII) sostiene, en resumen, que la fiscalización tuvo su origen en el área de atención de público, cuando el contribuyente se presentó a declarar los Formulario 29 sobre Declaración Mensual y Pago Simultáneo, fuera de plazo, puesto que se detectaron facturas de compras emitidas a fin de mes por montos elevados, por lo que se procedió a revisar en sistema a los proveedores observando que registraban anotaciones N°53 de facturas colgadas, en consecuencia, se le efectuaron notificaciones de requerimiento de antecedentes, ante lo cual cumplió parcialmente.
Señala que, el contribuyente inició actividades con fecha 1 de enero de 1996 como "Preparación del terreno, excavaciones y movimientos de tierra", con fecha 4 de abril de 2002 lo amplió a "Alquiler de autos y camionetas sin chofer" y el 31 de enero de 2017 agregó "Obras menores en construcción (contratistas, albañiles, carpinteros)" y que su actividad se encuentra afecta al Impuesto al Valor Agregado de acuerdo a los artículos 2, 3, 4 y 5 del DL N°825 de 1974, y que debe declarar el Impuesto de Primera Categoría y Global Complementario de acuerdo a los artículos 14 a), 20 N°3, del 29 al 33 y del 52 al 56 del DL N°824 1 de 1974.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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