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Tribunal · solo Pro
MUÑOZ RETAMAL con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Fecha: 29-12-2017 · Materia: Liquidación · Juez: Hernán Enrique Farías Sepúlveda
RECHAZA+100M No Ha Lugar
Se rechaza reclamación tributaria contra liquidaciones por ingresos ilícitos derivados de delitos condenados judicialmente, confirmando la determinación del SII basada en sentencia ejecutoriada.
José Muñoz Retamal, transportista, fue condenado por soborno, fraude al fisco y lavado de activos en causa RIT 6207-2013 (sentencia 01.10.2014). Según la sentencia, recibió dinero en efectivo de José Bravo Soto (administrador de Tectrans) como contraprestación por mantener pagos a esa empresa, relacionados con facturas de servicios de monitoreo a FETRAM. El SII emitió liquidaciones 607-613 (31.08.2015) por diferencias de Impuesto a la Renta Primera Categoría e Impuesto Global Complementario años 2009-2010, más reintegro crédito artículo 97, por $165.680.437 incluidos reajustes, intereses y mul
El tribunal estima que los hechos constitutivos de las liquidaciones se encuentran acreditados mediante sentencia ejecutoriada. El contribuyente aceptó voluntariamente los hechos de la acusación penal, lo que constituye confesión judicial con valor de prueba. Aunque la sentencia no especifica montos exactos entregados al reclamante, establece que "parte de los dineros recibidos por Bravo Soto fueron entregados a Muñoz en dinero efectivo". Las facturas citadas en la sentencia (Nos. 1, 2, 4, 5 y 6) coinciden con lo consignado en liquidaciones, permitiendo determinar los ingresos ilícitos no trib
Se rechaza la reclamación tributaria interpuesta por Muñoz Retamal contra liquidaciones 607-613 (31.08.2015). Se confirman dichas liquidaciones emitidas por VII Dirección Regional Talca del SII. Se condena al reclamante en costas por resultar totalmente vencido sin motivos plausibles para litigar.
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“MUÑOZ RETAMAL, JOSÉ con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Rol · solo Pro
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Talca, a veintinueve de diciembre de dos mil diecisiete.
VISTOS:
A fojas 14 y siguientes, comparece don JOSÉ MUÑOZ RETAMAL , RUT N° 5.241.433-4, transportista, domiciliado en calle 13 Oriente N° 200 , de la c iudad de Talca, quien interpone reclamo tributario conforme al Procedimiento General de Reclamaciones , contemplado en el artículo 123 y siguientes del Código Tributario , en contra de las Liquidaciones Nos. 607 a 613, de fecha 31.08.2015, notificadas con la misma data, emitidas por la VII Dirección Regional Talca del Servicio de Impuestos Internos , correspondientes a diferencias de Impuesto a la Renta de Primera Categoría e Impuesto Global Complementario, en los años tributarios 2009 y 2010, y a Reintegro Crédito Artículo 97 de la Ley sobre Impuesto a la Renta , de los períodos julio de 2009, mayo de 2010 y julio de 2011, por la suma total de $165.680.437.-, incluidos reajustes, intereses y multas, actuación que solicita se deje sin efecto.
Fundamentando su reclamación, expone que, con fecha 30.04.2015, fue notificado de la Citación N° 42, que le comunicó la existencia de diferencias de impuestos y reintegro de créditos, de los años tributarios 2 009 a 2011, que corresponderían a ingresos obtenidos de forma ilícita, que no habrían tributado conforme a la Ley sobre Impuesto a la Renta.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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