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Tribunal · solo Pro
INDUSTRIAS PLASTICAS CORVALAN S A con DIRECCIÓN REGIONAL METROPOLITANA SANTIAGO NORTE
Fecha: 30-01-2018 · Materia: Resolución
RECHAZA No Ha Lugar
Se rechaza reclamo de contribuyente que solicita devolución de impuesto a la renta por alegada insuficiencia de plazo para presentar documentación durante fiscalización del SII.
Industrias Plásticas Corvalán S.A. interpone reclamo contra Resolución N° 455 de 6 de mayo de 2016 de la Dirección Regional Metropolitana Santiago Norte, que denegó una devolución de $45.922.791 por utilidades absorbidas. El contribuyente alegó que el SII le otorgó solo un día (desde notificación del 3 de mayo a las 14:00 hrs hasta resolución del 6 de mayo) para presentar documentación solicitada (originales de libros mayor y diario), plazo que estimó insuficiente para una gran empresa. El SII respondió que la citación era facultativa, que se emitieron numerosos requerimientos durante la fisca
El tribunal constata que la controversia se centra en derecho, no en hechos. Analiza que la documentación del SII evidencia un proceso de fiscalización que se inició en noviembre de 2015, con múltiples oportunidades para aportar información. Observa que el 15 de abril de 2016, el fiscalizador reitera al contador que espera información pendiente, tres semanas antes de la resolución cuestionada. Estima que el argumento del contribuyente sobre vulneración de derechos sería más propio de un procedimiento especial de vulneración de derechos conforme a la Ley 20.322, no de un reclamo general. Conclu
Se rechaza el reclamo en todas sus partes y se confirma la Resolución N° 455 de 6 de mayo de 2016. Se exime de condena en costas al reclamante por haber tenido motivo plausible para litigar.
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“INDUSTRIAS PLASTICAS CORVALAN S A con DIRECCIÓN REGIONAL
METROPOLITANA SANTIAGO NORTE”
Rol · solo Pro
Rol · solo Pro
Santiago, treinta de enero de dos mil dieciocho.
I. VISTOS:
A fojas 01 y con fecha 19.08.2016 comparece don Iván Reyes Toledo, abogado, en representación de INDUSTRIAS PLÁSTICAS CORVALÁN S.A. , RUT 79.505.030-2, ambos con domicilio en Nueva York 57, oficina 503, Santiago, (en adelante “el reclamante” e indistintamente “ Corvalán S.A. ”), interponiendo reclamo tributario en contra de la Resolución N° 455, de fecha 06.05.2016, que suscribe la Sra. Director Regional
Metropolitano Santiago Norte, doña Vania Uarac Senn, por la cual tuvo por no acreditada la determinación del Pago Provisional por Utilidades Absorbidas solicitada y denegó el saldo pendiente de devolución ascendente a $45.922.791 solicitado en su Declaración Anual de Impuesto a la Renta, año tributario 2015.
II. FASE DE DISCUSIÓN.
A. Reclamo.
El reclamante presentó los siguientes fundamentos de hecho y de derecho en sustento de su reclamo.
Afirma que la Resolución Ex N°455, se basa para rechazar la devolución solicitada en la no presentación de la documentación que fue solicitada el 3 de mayo de 2016, mediante correo electrónico que le fuera enviado a las 14:00 hrs de la fecha ya indicada. Explica, que habiéndosele notificado la resolución reclamada el viernes 6 de mayo de 2016, en la práctica tuvo un día y medio para recabar toda la información solicitada, y tratándose de una gran empresa, es imposible cumplir en tan poco tiempo.
Señala que se vio imposibilitada físicamente para presentar los documentos requeridos por el SIl, por el periodo cortísimo de tiempo ya mencionado, no pudiendo ejercer sus derechos al impedírsele justifica r adecuadamente la devolución solicitada, por un hecho que no se le puede reprochar, pues a lo imposible nadie está obligado.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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