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Tribunal · solo Pro
SII con NEGRETE DELGADO
Fecha: 06-04-2018 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT
RECHAZA Ha Lugar
Tribunal confirma denuncia por uso de facturas falsas para aumentar crédito fiscal e IVA, aplicando multa mínima de $10.432.645 por infracciones al art. 97 N°4 CT, considerando cooperación y rectificación voluntaria de la contribuyente.
Contribuyente inició actividades el 14 de junio de 2016 como contratista agrícola. Entre junio y diciembre 2016 registró en sus libros y declaraciones F29 trece facturas ideológicamente falsas de dos proveedores (Sociedad Agrícola y Comercial Fruseg Ltda. y Sustratos Agrícolas Sustragro Cía. Ltda.), obteniendo crédito fiscal indebido y deduciendo costos artificiales. Durante la fiscalización del SII, la contribuyente rectificó voluntariamente sus declaraciones reconociendo los hechos y solicitó facilidades de pago.
El tribunal estableció que en procedimientos administrativos tributarios rige el principio de presunción de inocencia, correspondiendo al SII probar sus alegaciones. La contribuyente no controvertió los hechos, por lo que quedó acreditado el aumento indebido de crédito fiscal mediante facturas falsas. Para determinar la sanción, el tribunal consideró circunstancias atenuantes: ausencia de reincidencia, cooperación voluntaria en etapa administrativa, rectificación voluntaria de declaraciones. Rechazó la agravante de uso de documentación falsa del art. 111 N°2 por ser elemento inherente del tipo
Confirmó Acta de Denuncia N°24 de 28 de febrero 2018. Aplicó multas mínimas: 50% de lo defraudado en Renta ($2.191.678), 100% en IVA ($6.667.934), 100% en devolución indebida ($1.573.033), totalizando $10.432.645. Ordenó emisión de giro de multa por el Director Regional del SII una vez ejecutoriada la sentencia.
UN SEGUNDO TRIBUNAL
TRIBUTARIO y ADUANERO
Región Metropolitana de Santiago
EN SANTIAGO, SEIS DE ABRIL DE DOS MIL DIECIOCHO.
VISTOS:
Que a fojas 3 rola el Acta de Denuncia N*24 de fecha 28 de febrero de 2018 emitida por la Dirección Regional Santiago Poniente del Servicio de Impuestos Internos en contra de la contribuyente MONICA ANDREA NEGRETE
DELGADO, RUT N*15.622.440-5 con giro en “contratista agrícola - traslado de trabajadores”, domiciliada en Practicante Carlos Sánchez P 2474, Villa
Renacer, comuna de Melipilla, por haber incurrido en las infracciones descritas y sancionadas en el artículo 97 N*4 incisos 1%, 2? y 3% del Código Tributario.
Que, el Servicio de Impuestos Internos (en adelante SII) sostiene, en resumen, que la contribuyente informó inicio de actividades con fecha 14 de junio de 2016, encontrándose en el segmento de “Micro empresa” y tipo de contribuyente “persona natural” y que su actividad se encuentra afecta al Impuesto al Valor Agregado de acuerdo a los artículos 2, 3, 4 y 5 del DL N*825 de 1974, y que debe declarar el Impuesto de Primera Categoría y Global
Complementario de acuerdo a los artículos 14 a), 20 N*3, del 29 al 33 y del 52 al 56 del DL N*824 de 1974.
Indica que, con fecha 13 de enero de 2017 la contribuyente se presentó en la Unidad de Melipilla a fin de solicitar el timbraje de documentos tributarios para el ejercicio de sus actividades comerciales, aportando el libro de compra y venta de junio a diciembre de 2016, y las facturas de proveedores y de venta de agosto a diciembre 2016.
Expone que de la revisión de la documentación se verificó el registro de facturas electrónicas emitidas por sociedades que, según han declarado varios contribuyentes, se dedicaban habitualmente a la facilitación de facturas, por lo que, con el objeto de aclarar la situación, tomó declaración a doña Mónica
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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