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Tribunal · solo Pro
EXPORTACIONES BIOSEAWEEDS SPA con SII
Fecha: 11-05-2018 · Materia: Resolución · Juez: Anselmo Iván Cifuentes Ormeño
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamación de Exportaciones Bioseaweeds SpA contra resolución que denegó devolución de IVA exportador por no acreditar efectividad material de operaciones.
Exportaciones Bioseaweeds SpA, empresa dedicada a explotación, cultivo, recolección y exportación de algas, solicitó devolución de IVA exportador por $81.926.007 correspondiente al periodo enero 2016, conforme DS 348/1975. El SII rechazó la devolución mediante Resolución DFI 1809 de 23 de diciembre 2016, argumentando incumplimiento de requisitos legales. La empresa presentó recursos documentales y testimoniales intentando acreditar la efectividad de las operaciones consignadas en las facturas objetadas.
El tribunal establece que conforme al artículo 23 N°5 del DL 825, no dan derecho a crédito los impuestos en facturas que no cumplan requisitos legales o que sean falsas. Según el artículo 21 del Código Tributario, la carga de la prueba corresponde al contribuyente. El tribunal analiza que las pruebas presentadas (fotocopias de facturas y libros de contabilidad) resultan insuficientes para acreditar efectividad material de operaciones, siendo necesario contexto armónico que incluya registros contables de emisores y receptores, declaraciones de impuestos, facturas de exportación, guías de despac
Se rechaza el reclamo deducido por Exportaciones Bioseaweeds SpA en contra de la Resolución DFI 1809 de 23 de diciembre 2016, por no haber acreditado la efectividad material de las operaciones consignadas en las facturas objetadas.
Concepción, once de mayo de dos mil dieciocho.
VISTOS:
Que, a fojas 12 y siguientes, con fecha 18 de abril de dos mil diecisiete, comparece don Pedro Antonio Morales Torres, empresario, RUT n.° 8.030.579 -6, representante legal de EXPORTACIONES BIOSEAWEEDS SpA , RUT n.° 76.366.588-7, del giro explotación de vegetales acuáticos, cultivo, recolección y exportación de algas; domiciliados en calle O´Higgins n.° 445 oficina 46, de La Serena, representada en esta causa por don Jorge Montecinos Araya, abogado, domiciliado en calle Chacabuco n.° 1085 departamento 1102 de Concepción, quien interpone reclamo en contra de la Resolución DFI n.° 1809, de 23 de diciembre de 2016, emitida por la VIII Dirección Regional del Servicio de Impuestos Internos, conforme a los siguientes argumentos:
Parte refiriéndose a los antecedentes generales , indicando que su representada desarrolla el giro de exportación, contexto en el cual solicitó que se le hiciera una devolución de IVA exportador en conformidad al D.S. n.° 348 de 1975, con fecha 9 de febrero de 2016, requiriendo la devolución de impuesto al valor agregado soportado en el ejercicio, en el periodo enero de 2016, por el monto de $81.926.007. Indica que la resolución que reclama rechazó la devolución en su totalidad, fundándose en que el crédito fiscal estaría respaldado en operaciones que no habrían dado cumplimiento a los requisitos legales. Enumera entonces los contribuyentes que emitieron las facturas en las cuales se ampara el crédito fiscal cuya devolución pretende.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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