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Tribunal · solo Pro
IT Capacitacion Limitada con SII
Fecha: 30-05-2018 · Materia: Liquidación · Juez: Macarena Del Pilar Arteaga Cisternas
RECHAZA No Ha Lugar
Se rechaza reclamo de IT Capacitación contra liquidación de impuestos por año 2014. El tribunal confirma que la empresa no presentó documentación requerida en la citación y no acreditó cumplir requisitos del artículo 14 quáter de la LIR.
IT Capacitación Limitada reclama contra Liquidación N°406201000059 de mayo 2017 por diferencia de Impuesto de Primera Categoría año tributario 2014. El SII le notificó Citación N°144505859 de noviembre 2016 solicitando antecedentes. La empresa alega haber presentado documentación y tener derecho al beneficio del artículo 14 quáter de la LIR que la exime de pagar impuesto de primera categoría. El SII sostiene que la empresa no presentó documentación en el plazo legal y que no cumple requisitos para acceder al beneficio invocado.
El tribunal establece como hechos probados que: (1) la empresa percibió ingresos en 2014 que no declaró en Formulario 22, conforme se acredita con Formularios 29 y testimonio; (2) la reclamante no comprobó haber presentado documentación requerida en la Citación N°144505859; (3) no se acreditó cumplimiento de requisitos del artículo 14 quáter LIR para acceder a la exención; (4) las observaciones del SII son procedentes conforme a Declaración Jurada 1886. Al no rendir prueba la reclamante y acreditarse por el SII la existencia de mayores ingresos no declarados y la procedencia de las anotaciones
Se rechaza el reclamo interpuesto por IT Capacitación Limitada contra Liquidación N°406201000059 de 16 mayo 2017 y se confirma el acto reclamado. Se condena en costas a la reclamante. Se ordena cumplimiento administrativo de la sentencia.
0CAUSA : “IT CAPACITACIÓN LIMITADA CON S.I.I”
RUC Nº : Rol · solo Pro
RIT N° : Rol · solo Pro
Rancagua, A TREINTA DE MAYO DE DOS MIL DIECIOCHO.
VISTOS:
UNO. Presentación de fojas 1, de 13 de septiembre de 2017, por la cual don ANDRÉS SALAZAR MEZA , abogado, cedula de identidad N°8.654.781-3, domiciliado Rubio 285, oficina 613, de la comuna de Rancagua, en representación judicial de IT CAPACITACIÓN LIMITADA, persona jurídica del giro de su denominación, RUT N° 77.604.310-9, representada legalmente por don Agustín Rodrigo Irribar ra Cabello, ambos con domicilio en calle Quechereguas 788 de la ciudad de San Fernando, quién deduce reclamo en contra de la Liquidación N°406201000059 de fecha 16 de mayo de 2017, y notificada el 30 de mayo de 2017 mediante carta certificada, acto emitido por la Unidad de San Fernando de la VI Dirección Regional Rancagua del Servicio de Impuestos Internos, en adelante indistintamente el “Servicio“ o “SII”, fundando su pretensión en base a los siguientes antecedentes de hecho y derecho que a continuación se exponen:
Señala el reclamante, que la declaración anual de impuesto a la renta correspondiente al año tributario 2014 de su representada, fue objetada por diversas observaciones, las que a su vez sirvieron de base a la Liquidación Reclamada, dichas observaciones, según se lee en el cuerpo de la liquidación de fojas 06 serían las codificadas como: A08, A23, A30, B21, F53, F95.
Agrega que, la liquidación menciona que por no haberse dado respuesta a la citación N°144505859 de fecha 08 -11-2016, se ha procedido a liquidación de impuestos por el año tributario 2014, que por este acto reclama.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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