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Tribunal · solo Pro
Abarca Banda con SII
Fecha: 08-06-2018 · Materia: Artículo 97 N° 10 del CT · Juez: Gonzalo Hernán Trabucco González
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de contribuyente que transportaba zapallo y lechuga sin guía de despacho, confirmando multa del 75% del monto operacional ($264.056) por infracción al art. 97 N°10 CT.
El 14 de noviembre de 2017, funcionario del SII fiscalizó a Rodrigo Abarca Banda transportando en camión 108 cajas de zapallo italiano ($2.300 c/u) y 37 cajas de lechuga ($2.800 c/u) con destino a venta en feria Lo Valledor, Santiago. El reclamante no poseía guía de despacho ni documentos tributarios. Reconoció que sembraba productos en su huerta y los vendía sin actividad económica registrada, por desconocimiento de la obligación legal.
El tribunal determinó que la obligación de emitir guías de despacho solo recae en contribuyentes del IVA (vendedores o prestadores de servicios) conforme al art. 55 DL 825. Conforme al art. 2° DL 825, vendedor es quien se dedica habitualmente a vender bienes. El reclamante, al transportar y vender sus productos de forma habitual, revistió calidad de vendedor sujeto a IVA, obligándose a emitir documentos tributarios. Aunque alegó desconocimiento de la ley, éste constituye circunstancia atenuante pero no eximente. Se acreditó infracción objetiva sin dolo, por negligencia. Se aplicó multa dentro
Se rechaza reclamo confirmando infracción. Aplica multa equivalente al 75% del monto operacional ($264.056) y clausura de 1 día del establecimiento. Se exime del pago de costas por motivos plausibles para litigar.
CAUSA : “ABARCA BANDA con S.I.I.”
RUC Nº : Rol · solo Pro
RIT N° : Rol · solo Pro
Rancagua, A OCHO DE JUNIO DE DOS MIL DIECIOCHO.
VISTOS:
UNO. Presentación de fojas 1, de 23 de noviembre de 2017, por medio de la cual don RODRIGO EST EBAN ABARCA BA NDA, cédula de identidad N° 15.494.930-5, domiciliado para estos efectos en Libertador Bernardo O´Higgins 975, comuna de Coinco, deduce reclamo en contra Notificación de Infracción Folio N° 1053406, de 14 de noviembre de 2017, emitida por el Servicio de Impuestos Internos, en adelante el “Servicio” o el “SII”, solicitando dejarla sin efecto o bien rebajar la sanción.
En síntesis, el actor indica que siendo las 21:15 horas del día 14 de noviembre de 2017, en Paine, fue fiscalizado por el funcionario señor Gonzalez, el cual me cursó la notificación de infracción Nº1053406, por no emitir ni otorgar documento legal para el traslado y posterior venta en feria Lo Valledor de Santiago. Señala el reclamante , que trasladaba 108 Cajas de zapallo italiano y 37 cajas de lechugas, las cuales fueron valorizadas por el funcionario en $2.300 la caja de zapallos italianos y en $2.800 la caja de lechugas.
Luego, reconociendo que cometió un error, expresa que da dado que no tiene estudios, sembró una pequeña huerta en su casa con el fin de hacer algo de dinero extra, sin pensar que cometía una infracción al tratar de vender sus productos sin poseer actividad económica, estimando que no es contribuyente.
Finalmente, señala que el monto de lo reclamado asciende a $352.074, solicita al Tribunal dejar sin efecto la infracción o bien rebajarla.
DOS. Presentación de fojas 7, por medio de la cual don Claudio Ambiado Araya, RUT N° 8.463.377-K, Director Regional de la VI Dirección Regional Rancagua del SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS, domiciliado para estos efectos en Calle Estado N°154, Rancagua, contesta el reclamo solicitando su rechazo en todas sus partes, con costas.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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