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Tribunal · solo Pro
Asesorías e Inversiones ARO Ltda. con SII
Fecha: 25-06-2018 · Materia: Resolución · Juez: Óscar Meriño Maturana
RECHAZA Confirmatorio No Ha Lugar
El Tribunal rechaza la reclamación por devolución de PPUA al concluir que la contribuyente no acreditó la pérdida tributaria declarada, por inconsistencias contables y falta de documentación suficiente que respalde los gastos alegados.
Asesorías e Inversiones Aro Ltda., contribuyente de Primera Categoría, solicitó devolución de $19.233.250 por Pagos Provisionales por Utilidades Absorbidas (PPUA) para el AT 2014 en formulario F22. El SII rechazó la solicitud mediante Resolución Ex. N°113000000128 de 21 de noviembre de 2014, alegando que no se aportaron antecedentes suficientes para acreditar la pérdida tributaria declarada de $113.136.762. La reclamante alegó haber cumplido con los requerimientos administrativos, aunque no siempre recibió comprobantes de entrega de documentación.
El Tribunal estableció que para proceder a devolución de PPUA, la pérdida tributaria debe cumplir los requisitos del artículo 31 de la LIR: relación directa con la actividad, necesariedad para producir renta, pago en el ejercicio y acreditación fehaciente. Analizó la prueba documental y concluyó que la reclamante presentó información contable inconsistente: el Balance de 8 columnas aportado reflejaba utilidad de $1.311.774.221, pero los Estados de Resultado presentados en el reclamo mostraban cifras distintas ($1.324.325.029 y $1.325.088.005), sin explicación de las regularizaciones contables
Se rechaza la reclamación tributaria. Se confirma la Resolución Exenta N°113000000128 de 21 de noviembre de 2014 del SII. No se condena en costas por existir motivo plausible para litigar.
UN SEGUNDO TRIBUNAL
TRIBUTARIO y ADUANERO
Región Metropolitana de Santiago
EN SANTIAGO, A VEINTICINCO DE JUNIO DE DOS MIL DIECIOCHO.
VISTOS:
El escrito de fecha 2 de abril de 2015, rolante fojas 1 a 20 de autos, presentado por doña MARÍA REGINA BEATRIZ ZAMORA GAINZA, RUT N*10.611.332-7, en representación de ASESORÍAS E INVERSIONES
ARO LIMITADA, RUT N*77.079.750-0, ambos domiciliados para estos efectos en Diagonal Pasaje Matte N*957, oficina 815, comuna de Santiago, mediante el cual interponen reclamo de conformidad al Procedimiento General de Reclamaciones establecido en el Código Tributario, en contra de la Resolución Ex. N*113000000128 de fecha 21 de noviembre de 2014, emitida por el Servicio de Impuestos Internos (en adelante SII) la cual no dio lugar a la devolución solicitada por concepto de Pagos Provisionales por Utilidades Absorbidas (en adelante PPUA), ascendente a la suma de $19.233.250.- en el Formulario N*22 (en adelante F22) folio 240597834, para el AT 2014.
En su reclamo la contribuyente sostiene, en síntesis, que su representada explota el rubro “Inversiones”, y lleva contabilidad completa por todos los movimiento y operaciones comerciales que realiza, encontrándose éstos debidamente registrados y respaldados. Agrega que, en la etapa administrativa ésta fue puesta a disposición del ente fiscal, peor no se materializó su entrega por diversas razones.
Indica que, con fecha 22 de julio del año 2014 se emitió una carta operación renta por inconsistencia detectadas a su Declaración Anual de Impuesto a la Renta, la cual señala que se niega la devolución por diferencias respecto de la información que posee el SII en sus sistemas, originando la siguiente observación: “OBS F77: Su declaración ha sido seleccionada para una revisión del Pago Provisional por Impuesto de 1lra categoría de utilidades absorbidas declarado en el código (747) del formulario 22 (observación F77).”
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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