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Tribunal · solo Pro
Prensa y Comunicacion SA con SII
Fecha: 12-09-2018 · Materia: Liquidación · Juez: Macarena Del Pilar Arteaga Cisternas
HA LUGAR EN PARTE Ha Lugar en Parte
Acogida parcial de reclamación contra liquidación de Primera Categoría por gasto de remuneraciones no acreditado. Se reconoce parcialmente el gasto por $111.246.088 de los $119.068.957 reclamados.
Prensa y Comunicación S.A. reclama contra Liquidación N°201 de 25 de julio de 2017 del SII VI Región Rancagua, que determina diferencia de impuesto de Primera Categoría año 2014 por $46.070.477. El SII agregó $119.068.957 por gastos de remuneraciones no acreditados a la base imponible de $10.799.623 declarada. La reclamante no respondió a Citación N°35 de 21 de abril de 2017 del proceso de fiscalización. Presentó recurso de reposición administrativa que fue rechazado por Res. Ex N°160.
El Tribunal establece como hecho controvertido central si los desembolsos por remuneraciones cumplen requisitos del artículo 31 LIR para ser gastos necesarios. La reclamante aportó prueba documental extensa: libro de remuneraciones 2013, 13 contratos de trabajo, 157 liquidaciones de sueldo, 233 planillas de imposiciones, balance tributario, libro diario y mayor, 17 boletas de honorarios, certificados de AFP. El SII no rindió prueba. Del análisis de documentos se constata: 14 trabajadores en 2013 (13 ininterrumpidos), cumplimiento íntegro de obligaciones previsionales, egresos efectivos por rem
Se acoge en parte el reclamo. Se reliquidiza la Liquidación N°201 reconociendo gasto en remuneraciones por $111.246.088 para el año tributario 2014. Se mantiene el monto de $10.799.623 de base imponible no controvertido. No se condena en costas.
CAUSA : “PRENSA Y COMUNICACIÓN S.A CON S.I.I”
RUC Nº : 17-9-00001197-0
RIT N° : Rol · solo Pro
Rancagua, A DOCE DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL DIECIOCHO.
VISTOS:
UNO. Presentación de fojas 1, de 08 de noviembre de 2017, complementada por presentación de fojas 47, por la cual don Alfonso Fernández Reyes Villalobos, factor de comercio, cédula de identidad n úmero 7.822.786 -9, en representación convencional de PRENSA Y COMUNICACIÓN S.A, RUT N° 76.056.345-5, ambos domiciliados para estos , efectos en Millán N° 669 oficina 6 de la ciudad de Rancagua , quién deduce reclamo en contra de las Liquidación N° 201 de fecha 25 de julio de 2017, emitida por la VI Dirección Regional Rancagua del Servicio de Impuestos Internos, en adelante indistintamente el “Servicio“ o “SII”, por las cual se determina diferencia de impuesto de Primera Categoría para el año tributario 201 4, por un monto total de $ 46.070.477. La reclamante funda su pretensión en base a los siguientes antecedentes de hecho y derecho que a continuación se exponen:
La reclamante señala que su declaración de impuesto correspondiente al año tributario 2014 fue objeto de diversas observaciones por parte del Servicio, las que tienen relación con la liquidación que reclama. Agrega que determinó una base imponible por $ 10.799.623, a dicha base el Servicio agregó en la liquidación que reclama, un monto de $119.068.957, por concepto de gasto de remuneraciones no acreditado, resultando una nueva base imponible de Primera Categoría de $129.868.590.
Agrega, que conforme a lo dispuesto en el artículo 123 bis del Código Tributario, presentó recurso de reposición administrativa voluntaria, la que fue rechazada por Res. Ex N° 160.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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