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Tribunal · solo Pro
UNIFORM SOLUTIONS CHILE COMERCIAL SPA con DIRECCIÓN REGIONAL METROPOLITANA SANTIAGO NORTE y otro
Fecha: 22-10-2018 · Materia: Artículo 8 bis CT
OTRO
Tribunal acoge reclamación por vulneración de derechos y deja sin efecto giro de multa por omisión ilegal del SII al no notificar al contribuyente, lesionando derecho de propiedad.
Uniform Solutions Chile Comercial SPA fue sancionada con multa de $22.167.840 (Giro Folio 150005562, 7 junio 2018) por no presentar Declaración Jurada 1907/AT 2016 sobre precios de transferencia. El SII omitió notificar la multa al contribuyente. Tesorería ejecutó cobro judicial y embargó créditos de la empresa ante sus principales clientes, obligándola a pagar la multa para alzar los embargos. Contribuyente reclama por vulneración de derechos de propiedad (art. 19 N°24 CPR) y principio de no confiscatoriedad (N°20).
El tribunal confirma que el SII omitió notificar el giro, según lo reconoce la propia reclamada. El artículo 8 bis N°1 del CT impone al SII deber de informar contribuyentes. Artículos 11 del CT y 45 de la Ley de Bases de Procedimientos Administrativos exigen notificación personal, por cédula, carta certificada o correo electrónico de actos administrativos con efectos individuales, dentro de cinco días de tramitado. La omisión de notificación generó indefensión al contribuyente, imposibilitándole oponerse a la multa en primera instancia. Posterior cobro judicial y embargos vulneraron derecho de
Se acoge recurso de reclamación. Se deja sin efecto Giro Folio 150005562 de 7 junio 2018 emitido por SII. No se condena en costas por existir motivos plausibles para litigar.
UN SEGUNDO TRIBUNAL
TRIBUTARIO y ADUANERO
Región Metropolitana de Santiago
EN SANTIAGO, A VEINTIDOS DE OCTUBRE DE DOS MIL DIECIOCHO.
VISTOS:
Que, el escrito de fecha 29 de agosto del año 2018, rolante a fojas 1 a 9, presentado por don GONZALO ARTURO DE LA CERDA OTTO, RUT: 10.972.062-3, en representación del contribuyente UNIFORM SOLUTIONS CHILE COMERCIAL SPA, domiciliado en calle Augusto Leguía Sur N* 160, oficina 101, comuna de Las Condes, mediante el cual interpone reclamo, a través del Procedimiento Especial por Vulneración de derechos, en contra del Servicio de Impuestos Internos, Dirección Regional Santiago Norte, por incurrir en una omisión al no haber notificado el contribuyente del Giro Folio N* 150005562 de fecha 7 de junio del año 2018, solicitando que ésta sea dejada sin efecto, por haberse vulnerado los derechos de la reclamante, contenidos en los numerales 20% y 24? del artículo 19 de la Constitución Política de la República.
La reclamante señala que con fecha 10 de agosto del año 2018, el contribuyente fue notificado y requerido de pago por una supuesta deuda por multa infraccional, conforme a una nómina de deudores morosos, en la cual consta que a éste se le habría aplicado una multa, por parte del Servicio de Impuestos Internos, la que se emitió el día 7 de junio del año 2018.
Indica que los únicos antecedentes que dan cuenta del Giro son unos documentos denominados: “Aviso Recibo Portal”, donde se consigna la fecha del Giro folio 1500005562; y un “certificado de movimiento” emitido por Tesorería General de la República que da cuenta de la imposición de la referida multa por no haberse efectuado la Declaración Jurada anual sobre Precios de Transferencia, para el AT 2016.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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