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Tribunal · solo Pro
SII REGION DE LOS RIOS con Muñoz Rudolph
Fecha: 18-12-2018 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT · Juez: Hugo Alberto Osorio Morales
RECHAZA Ha Lugar
Tribunal acoge denuncia por abultamiento de crédito fiscal IVA mediante facturas falsas. Impone multa de $19.961.545 equivalente al 100% del tributo defraudado.
El SII denunció a Arnoldo Muñoz Rudolph por contabilizar y declarar 10 facturas falsas en agosto y septiembre de 2016, provenientes de tres proveedores, abultando su crédito fiscal IVA. Se detectó que las operaciones descritas (compra de 475 vacunos) no se realizaron en el domicilio del denunciado, un lugar abandonado. Las facturas falsas fueron utilizadas posteriormente por la Sociedad Ganadera San Eugenio SpA., cuyo representante legal fue condenado por delitos tributarios similares. El denunciado no presentó descargos ni comparecioal procedimiento.
El Tribunal constató la falsedad de las facturas por: domicilio denunciado abandonado sin animales, inconsistencias en domicilios de proveedores (mismo rol de avalúo en comunas distintas, mismo arrendador ficticio, calle inexistente), y patrón de transferencia de créditos fiscales a contribuyente con antecedentes delictivos tributarios. Probó la malicia del denunciado por: naturaleza de facturas falsas como indicio de evasión, falta de comparecencia pese a invitación a declarar, desidia en su defensa, y conexión con evasión organizada. Aplicó principios penales atenuados. Estimó baja la culpab
Acogió denuncia por infracción artículo 97 N°4 inciso 2° CT. Aplicó multa de $19.961.545 equivalente al 100% del tributo defraudado. Ordenó cumplimiento administrativo por Dirección Regional SII.
Valdivia, dieciocho de diciembre de dos mil dieciocho.
VISTOS:
A fojas dos y siguientes rola Acta de Denuncia N° 3, de fecha 1 de agosto de 2018, levantada por el Servicio de Impuestos Internos de la XVII Dirección Regional Valdivia en contra del contribuyente ARNOLDO MUÑOZ RUDOLPH, RUT N° 13.403.852-7, con giro en explotación agrícola y ganadera, domiciliado en sector Rofuco Bajo S/N, comuna de La Unión.
El Acta se levanta por infracción al artículo 97 N° 4 inciso 2° del Código Tributario (CT). Consigna que para el análisis del caso se tuvo a la vista Informe de Recopilación de Antecedentes N° 3 del 22 de mayo de 2018 y carpeta de antecedentes de 152 fojas. El Acta explica que se recibió un correo electrónico de un funcionario de la Dirección Regional de Puerto Montt señalando que el contribuyente emite facturas electrónicas a contribuyentes de dicha jurisdicción que se encuentran usando documentos tributarios electrónicos irregulares. Debido a lo anterior se le solicitó al contribuyente que acompañara antecedentes. P roducto de la revisión practicada se detectó que el denunciado, en los períodos de agosto y septiembre de 2016 obtuvo, registró y declaró el crédito fiscal de 10 facturas falsas, provenientes de tres proveedores, abultando su Crédito Fiscal del Impuesto al Valor Agregado (IVA). Agrega que la prueba es suficiente para tener por acreditada la falsedad ideológica y material de las facturas y su utilización para rebajar su carga tributaria, que los hechos configuran la infracción contenida en el artículo 97 N° 4 inciso 2 ° del CT y que el denunciado tiene responsabilidad en los hechos como autor . Luego , se refiere a las circunstancias modificatorias de responsabilidad, conforme a lo previsto en el artículo 107 del CT . Señala que el perjuicio fiscal ascendería a $19.961.545 por concepto de IVA.
DILIGENCIAS DEL PROCESO
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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