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Tribunal · solo Pro
SOCIEDAD DE DESARROLLO RIO DANUBIO LIMITADA con SII
Fecha: 08-01-2019 · Materia: Liquidación · Juez: Miguel Andrés Massone Pardo
RECHAZA+1.000M No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de contribuyente contra liquidación de impuestos por no acreditar pérdidas tributarias de arrastre ni gastos deducibles del año 2012.
Sociedad de Desarrollo Río Danubio declaró pérdida tributaria en 2012, incluyendo pérdidas de arrastre originadas en crisis bancaria de 1983 y obligaciones con Banco Santiago por liquidación de acciones en garantía. El SII fiscalizó mediante citación de octubre 2013 y emitió liquidación de diciembre 2013 agregando pérdida de ejercicios anteriores por $17.129.350.925, gastos de administración, intereses y costo de venta de activo fijo, por no acreditar fehacientemente estas partidas.
El tribunal estimó que conforme al artículo 31 de la LIR, las pérdidas deben acreditarse fehacientemente. La reclamante no aportó contabilidad completa, libros auxiliares, tablas de amortización ni documentación de respaldo que acredite la procedencia de los gastos. Respecto a la prescripción, según jurisprudencia uniforme, el SII puede fiscalizar pérdidas de años prescritos que se utilizan en períodos posteriores no prescritos. Las indemnizaciones por incumplimiento no constituyen gasto necesario para producir renta.
Se rechaza el reclamo y se confirma la liquidación N°374-8 de diciembre 2013 por $1.138.118.428. Se ordena cumplimiento administrativo de lo resuelto. Cada parte paga sus propias costas.
“SOCIEDAD DE DESARROLLO RIO DANUBIO LIMITADA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Santiago Oriente”
RIT N° : Rol · solo Pro
RUC N° : Rol · solo Pro
Santiago, ocho de enero de dos mil diecinueve.
VISTOS:
A fojas 1, comparecen don Raimundo García Rioseco, RUT N°7.076.208-0, don José Jara Gutiérrez, RUT N°8.710.312-9, ambos abogados, en representación de SOCIEDAD DE DESARROLLO RIO DANUBIO
LIMITADA, RUT N°88.314.200-4, del giro de su denominación, todos domiciliados en Avenida Vitacura N°2902, oficina N°1404, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago , quienes, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 123 y siguientes del Código Tributario, deduce n reclamo en contra de la Liquidación N °374-8, emitida con fecha 23 de diciembre de 2013, por la XV Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente del Servicio de Impuestos Internos, solicitando dejarla sin efecto, con costas, en virtud de los siguientes fundamentos:
En el capítulo de su libelo de reclamo relativo a los hechos, explican que, en su declaración de impuesto a la renta del año tributario 2012, la reclamante declaró una pérdida tributaria que incluyó las de años anteriores. Agrega que el Servicio de Impuestos Internos está cuestionando la pérdida de arrastre y la del ejercicio.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
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