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Tribunal · solo Pro
Leonicio Pacheco con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Fecha: 28-01-2019 · Materia: Modificación individual de avalúo bien raíz no agrícola · Juez: Claudio Alberto Araya Salgado
RECHAZA+100M No Ha Lugar
Se rechaza reclamación contra reavalúo de bien raíz por error de cálculo en superficie, confirmando resolución del SII que modifica avalúo y permite cobro retroactivo de impuesto territorial.
Marcelo Leonicio Pacheco compró inmueble en condominio Brisas de Costa Laguna (Rol 19201-121) el 17 de diciembre de 2014. El SII, mediante Resolución EX.SII N°A02.2017.00021173 del 13 de octubre de 2017, modificó el avalúo del bien raíz detectando un error de cálculo en la superficie de terreno del bien común, originado por información inexacta entregada por la inmobiliaria constructora (Inmobiliaria Ciudad del Norte S.A.). Como resultado se generó cobro retroactivo de diferencias de impuesto territorial desde 2015.
El tribunal constató que el error de cálculo en la superficie fue atribuible a la inmobiliaria constructora, no al reclamante. Sin embargo, conforme al artículo 25 de la Ley N°17.235, el dueño es responsable del pago del impuesto territorial. El reclamante no acreditó la aplicabilidad del artículo 26 del Código Tributario (cobro retroactivo con ajuste de buena fe a interpretación oficial), ni probó contravención a la teoría de actos propios. Los artículos 13 inciso 2° y 19 de la Ley N°17.235 establecen expresamente que las modificaciones de avalúos por error rigen desde la fecha del avalúo err
Se rechaza en todas sus partes la reclamación y se confirma la Resolución EX.SII N°A02.2017.00021173. No se condena en costas por existir motivo plausible para litigar.
RUC : Rol · solo Pro
RIT : Rol · solo Pro
RECLAMANTE : Marcelo Leonicio Pacheco.
RECLAMADO : Servicio de Impuestos Internos.
MATERIA : Procedimiento de Reclamo de Avalúo de Bienes Raíces – Código
Tributario.
CUANTÍA : 1697,23 UTM
Antofagasta, a veintiocho días del mes de enero de dos mil diecinueve.
VISTOS:
A fojas 12 y siguientes , comparece doña Camila Leonicio Uribe, abogada, cédula de identidad N°16.489.756 -7, en representación de don Marcelo Leonicio Pacheco, Rol Único Tributario N°7.749.117 -1, ambos domiciliados para estos efectos en calle Baquedano N°239, oficina 416, Antofagasta; quien deduce reclamo en Procedimiento de Reclamo de Avalúo de Bienes Raíces, en contra de la Resolución EX.SII N°A02.2017.00021173, emitida con fecha 13 de octubre de 2017, por el Servicio de Impuestos Internos , mediante la cual se modificó el avalúo correspondiente al bien raíz Rol 19201-121, ubicado en Gladys Marín Millie 0605, casa 120, Costa Laguna, de la comuna de Antofagasta.
Funda su reclamación, conforme a los argumentos de hecho y derecho que a continuación sucintamente se exponen:
En primer término, i ndica que su representado suscribió contrato de compraventa por un inmueble ubicado en calle Gladys Marín N°0605 , casa N°120, Costa Laguna , Antofagasta, con fecha 17 de diciembre del año 2014, inscrito en el registro de propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Antofagasta, con fecha 15 de mayo de 2015, bajo el N° 2576, fs. 2461.
Expresa, que con fecha 07 de noviembre de 2017 se recepciona por parte de Correos de Chile, notificación Resolución EX.SII N°A02.2017.00021173, en que se resuelve proceder a modificar el avalúo del bien raíz Rol de Avalúo N°19201-00121.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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