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Tribunal · solo Pro
Agrícola Gold Spa con SII
Fecha: 11-02-2019 · Materia: Artículo 97 N° 10 del CT · Juez: Macarena Del Pilar Arteaga Cisternas
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo contra infracción por transporte de kiwis sin guía de despacho impresa, aunque fue emitida electrónicamente pero no portada físicamente al momento del control.
El 13 de mayo de 2018, Agrícola Gold Spa trasladaba 30 mallas de kiwis (510 kilos) en vehículo desde Chimbarongo hacia Paine. La empresa emitió guía de despacho electrónica N°25, pero no la imprimió por problemas de conexión a internet. Al ser fiscalizado en control carretero de Paine, el transportista no portaba documento impreso. La guía electrónica exhibida posteriormente indicaba destino Las Condes, no Paine. El SII cursó infracción por falta de guía de despacho impresa.
El tribunal estableció que el artículo 55 del DL 825 (Ley IVA) requiere emitir guía de despacho cuando se trasladan bienes corporales muebles, incluso sin venta. Esta guía debe ser portada en formato papel durante el traslado para ser exhibida al Servicio. Si bien la emisión es electrónica, su exhibición debe ser en dos copias impresas en control carretero. La reclamante no portaba físicamente la guía, solo la mostró vía celular. Además, la guía emitida indicaba destino Las Condes (domicilio de socio) y no Paine (destino real), lo que evidencia incongruencia. Se acreditó trasporte de 510 kilos
Tribunal rechaza reclamo y confirma infracción Folio N°1444916. Aplica multa mínima de 2 Unidades Tributarias Mensuales y 1 día de clausura. No condena en costas. Ordena cumplimiento administrativo.
CAUSA : “AGRICOLA GOLD SPA con S.I.I.”
RUC Nº : Rol · solo Pro
RIT N° : Rol · solo Pro
Rancagua, A ONCE DE FEBRERO DE DOS MIL DIECINUEVE.
VISTOS:
UNO. Presentación de fojas 1, por medio de la cual doña Isabel de los Dolores Vasquez Tabilo , abogado, cédula de identidad N°7.314.875-8, en representación de AGRICOLA GOLD SPA, RUT N° 76.376915-1, ambos domiciliadas en camino Santa I sabel S/N° Parcela N° 2, comuna Chimbarongo, deduce reclamo en contra de la Notificación de Infracción Folio N°1444916, de 13 de mayo de 2018, emitida por el Servicio de Impuestos Internos, en adelante indistintamente denominado como el “Servicio” o el “SII”, solicitando que sea dejada sin efecto, por los argumentos que en síntesis se exponen a continuación.
Expresa la reclamante, que el día 13 de mayo de 2018, procedió a cargar la camioneta de la empresa Agrícola Gold S.P.A, con una cantidad de 30 mallas de desecho de kiwi, es decir, de residuos de producción de kiwi, sin valor comercial, con el objeto de hacerlos probar a sus familiares durante la celebración del día de la madre; y que para transportar dicha fruta procedió a emitir la guía de despacho electrónica correspondiente, la cual por el hecho de que el predio está ubicado en la comuna de Chimbarongo, en cual no siempre cuenta con conexión de internet estable y debido de esto no fue posible imprimir la guía de despacho por falta del mismo servicio.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
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