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Tribunal · solo Pro
SII con SERVICIOS ORTEGA LIMITADA
Fecha: 25-02-2019 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal confirma denuncia por uso de facturas falsas para aumentar crédito fiscal IVA e impone multa del 200% de lo defraudado.
Servicios Ortega Limitada registró y declaró dos facturas falsas en marzo y julio de 2017, emitidas por Maykel Alejandro Carrasco Carrasco, quien nunca prestó los servicios consignados. Las facturas falsas aumentaron indebidamente el crédito fiscal IVA por $3.019.100, generando perjuicio fiscal de $1.637.954. El contador Gabriel Marilao Farías facilitó las facturas falsas. El contribuyente no presentó descargos ni prueba alguna.
El tribunal constató que el contribuyente no presentó descargos dentro del plazo legal y no rindió prueba. Los antecedentes del Servicio de Impuestos Internos acreditaron completamente la infracción: facturas emitidas por supuesto proveedor que realizó operaciones inexistentes, declaración jurada del emisor confirmando falsedad, y análisis de débitos y créditos fiscales demostrando anomalía. Se identificaron dos agravantes (grado de cultura del infractor y falta de colaboración) y dos atenuantes (no reincidencia). Por no deducirse querella, se aplicó solo sanción pecuniaria.
Confirma denuncia de infracción al inciso 2° del artículo 97 N°4 del Código Tributario y aplica multa de $3.347.978 (200% de impuestos evadidos actualizados a febrero 2019). No se condena en costas.
Concepción, veinticinco de febrero de dos mil diecinueve.
V I S T O S:
A fojas 2, rola a cta de denuncia n .° 3 de fecha 12 de junio de 2018 , por infracción sancionada en el inciso 2° del artículo 97 n °4 del D.L. n° 830 de 197 4 sobre Código Tributario, cursada a Servicios Ortega Limitada , RUT n°. 76.598.347-9, representada legalmente por don Jorge Alejandro Ortega Pacheco , RUT nº 12.502.568-4, de giro “Obras menores en construcción (contratistas, albañiles, carpinteros) ”, con domicilio en Hijuelas El Carmen S/N, Santa Luisa, comuna de Nacimiento.
En el acta de denuncia, se comienza haciendo mención a la forma en que debe tributar el contribuyente y, luego, señala que producto de un proceso de recopilación de antecedentes, detectaron que el contribuyente durante los periodos comerciales mensuales de marzo y julio de 2017, registró y declaró en los respectivos formularios 29, 2 facturas falsas con el membrete del contribuyente Maykel Alejandro Carrasco Carrasco, Rut n.° 15.677.4249 -3, facilitadas por Gabriel Marilao F arías, quien no realizó las operaciones consignadas en ellas, aumentando de tal forma el crédito fiscal IVA y generando un perjuicio fiscal equivalente a $1.637.954, por concepto de Impuesto a las Ventas y Servicios.
El detalle de las facturas es el siguiente: N°
FACTURA
FECHA
DOCUMENTO
MES REGISTRO LC
ELECTRÓNICO
MONTO IVA $
MONTO NETO $
MONTO
TOTAL 5 31-03-2017 mar-17 2.013.050$ 10.595.000$ 12.608.050$ 19 31-07-2017 jul-17 1.006.050$ 5.295.000$ 6.301.050$
TOTAL 3.019.100$ 15.890.000$ 18.909.100$
Se concluyó la falsedad de las facturas mediante los siguientes antecedentes: Don Maykel Alejandro C arrasco Carrasco, manifestó, a través, de declaración jurada, que dichas facturas eran falsas, toda vez, que nunca prestó los servicios que ahí se 2 indican y, quien emitió las facturas había sido el contador, pues, se había percatado que éste siempre vendía facturas.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
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