Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Tribunal · solo Pro
ING. CONSTRUCCIÓN Y MANT. INDUSTRIAL ERRES LTDA. con SII
Fecha: 28-03-2019 · Materia: Liquidación · Juez: Lily Paola Feliu Azzar
HA LUGAR EN PARTE+100M Ha Lugar en Parte
Tribunal acoge parcialmente reclamo de empresa contra liquidaciones de impuesto a la renta, aceptando gastos por servicios de instalación y asesorías, rechazando otras partidas.
Ingeniería, Construcción y Mantención Industrial Erres Limitada fue fiscalizada por el SII respecto de impuesto a las ventas y servicios (IVA). Durante el proceso se detectaron diferencias también en impuesto a la renta, emitiéndose liquidaciones 413 a 429 de agosto 2017. La empresa cuestionó gastos rechazados por el SII: gimnasio, mobiliario, viajes, servicios de instalación, arriendo de grúas, asesorías y otros, argumentando falta de congruencia entre lo requerido inicialmente y la citación final.
El tribunal concluyó que aunque existieron diferencias entre el requerimiento inicial (IVA) y la citación (que incluyó impuesto a la renta), no se configuró vulneración de derechos procedimentales sin perjuicio demostrado. Respecto de los gastos: rechazó gimnasio (beneficiarios no trabajadores), mobiliario (sin asociación clara a contratos), viajes (insuficiente documentación), asesorías (por error duplicado factura 22). Sin embargo, acogió servicios de instalación (acreditado pago con comprobantes) y gastos por asesorías (respaldados en facturas formalmente válidas, responden a porcentaje raz
Se acogió parcialmente el reclamo respecto de gastos por servicios de instalación y gastos por asesorías. Se mantuvieron firmes las liquidaciones en lo demás. Se rechazó condena en costas por estimar ambas partes tuvieron motivo plausible para litigar.
1
INGENIERÍA, CONSTRUCCIÓN Y MANTENCIÓN INDUSTRIAL
ERRES LIMITADA
RUT N° 76.094.298-7
CUANTÍA 11.051,27 UTM
Valparaíso, veintiocho de marzo de dos mil diecinueve
VISTO:
Que a fojas 1 y siguientes comparecieron los abogados don Claudio
Cereceda Valenzuela, RUT 7.008.384-1 y don Juan Andrés Bustos Núñez, RUT 17.504.991-6, en representación de INGENIERIA, CONSTRUCCIÓN Y MANTENCIÓN INDUSTRIAL
ERRES LIMITADA, sociedad del giro de su denominación, RUT N° 7 6.094.298-7, todos domiciliados en calle Punta Arenas Nº856, Concón, V Región, quienes interpusieron Reclamo General Tributario, en virtud de las siguientes consideraciones:
1. Indican que dirigen su acción en contra de las Liquidaciones N°413 a N°429, todas de fecha 30.08.2017.
Liquidación notificada fuera de los plazos legales 2. Luego de describir la fiscalización de autos, señala que las liquidaciones fueron notificadas fuera de los plazos legales. Agrega que el Servicio de impuestos Internos no dio cumplimiento al plazo de 6 meses establecido en la Ley 18.320 para emitir una citación, liquidación o giro.
3. Complementa señalando que el plazo de 6 meses que establece la Ley 18.320 comenzó el día 19 de mayo de 2016, teniendo el Servicio de Impuestos Internos, plazo para haber notificado la Citación hasta el día 19 de noviembre de 2016. En tal sentido expresa que la Citación Nº108 fue notificada fuera de ese plazo legal, esto es, el día 28 de noviembre de 2016.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
Todos los fallos que publican los Tribunales Tributarios y Aduaneros, junto a las sentencias de Cortes de Apelaciones y Corte Suprema y los oficios, circulares y resoluciones del SII, fáciles de encontrar para tu caso. Actualizado a diario.
Acceso ilimitado a la jurisprudencia que necesitas.
Busca, abre y descarga todos los fallos que haga falta, sin límite.
Sentencias tributarias de segunda instancia y casación, y los requerimientos de inaplicabilidad sobre preceptos tributarios.
Cargando el buscador…
Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Busca, analiza y chatea con todos los fallos de los Tribunales Tributarios y Aduaneros de Chile.
Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
Selecciona Oficios, Circulares o Resoluciones en la barra lateral y luego un documento para ver su contenido completo.
Cubre más de 4.000 oficios, 830 circulares y 1.600 resoluciones del SII. Filtra por año o busca en materia, criterio y texto completo.