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Tribunal · solo Pro
SII con Sociedad Comercial Pulurbi Ltda.
Fecha: 01-04-2019 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT · Juez: Óscar Meriño Maturana
HA LUGAR EN PARTE+100M Ha Lugar
El tribunal confirmó parcialmente la denuncia del SII contra Pulurbi Ltda. por omisión maliciosa de declaraciones F29 de IVA (agosto-diciembre 2016) e incompleta presentación de F22 (AT 2017), aplicando multa de $62.794.152 al 150% del tributo eludido.
El SII fiscalizó a Sociedad Comercial Pulurbi Ltda., empresa dedicada a fabricación y venta de muebles. Constató que entre enero-febrero 2016 declaró F29 sin movimiento pese a emitir facturas de venta; entre agosto-diciembre 2016 no presentó F29 aunque realizó 21 operaciones comerciales; y en AT 2017 presentó F22 omitiendo ingresos del año 2016. El ente denunciante alegó subdeclaración de IVA por $7.460.540, omisión de IVA por $9.654.508 y subdeclaración de renta por $32.002.008.
El tribunal estableció que en procedimiento de aplicación de sanciones rige el principio de presunción de inocencia, siendo carga del SII probar la infracción. Respecto a omisión de F29 (art. 97 N°5): se acreditó que el contribuyente realizó operaciones agosto-diciembre 2016 sin presentar declaraciones mensuales, teniendo obligación legal como sujeto a IVA desde 2010, lo que demuestra malicia (conocimiento e intención deliberada). Respecto a subdeclaración enero-febrero 2016 (art. 97 N°4): se desestimó por falta de prueba de operaciones efectivas (no se acompañaron facturas ni libros de venta)
Se confirmó en parte el Acta de Denuncia respecto de delitos en art. 97 N°4 inciso 1° (declaración incompleta F22) y art. 97 N°5 (omisión maliciosa de F29). Se rechazó la acusación sobre subdeclaración enero-febrero 2016. Se aplicó multa total de $62.794.152 (150% de tributo eludido): $14.791.152 por omisión IVA y $48.003.000 por incompleta declaración de renta.
MN
XA
SEGUNDO TRIBUNAL
TRIBUTARIO y ADUANERO
Región Metropolitana de Santiago Ñ . . .
Contribuyente: Sociedad Comercial Pulurbi Ltda.
Rut: 76.125.709-9
Cuantía Neta: 3199.87 UTM.
EN SANTIAGO, A UNO DE ABRIL DE DOS MIL DIECINUEVE.
VISTOS:
Que, a fojas 1 y siguientes de autos, rola el Acta de Denuncia N* 2 de fecha 10 de enero del año 2019, remitida a este Tribunal mediante el Reservado N* 2, por don JORGE HIDALGO CÁRCAMO, Jefe del Departamento Jurídico de la Dirección Regional Metropolitana Santiago Sur del Servicio de Impuestos Internos, conforme al Procedimiento General para la aplicación de sanciones, establecido en el artículo 162 y siguientes del Código Tributario, en contra del contribuyente SOCIEDAD COMERCIAL PULURBI LIMITADA, RUT:76.125.709-9, domiciliado en calle Las Acacias N* 02080, comuna de San Bernardo, por haber incurrido en las infracciones contenidas en los artículos 97 N* 4 inciso 19 y 97 N* 5 del Código Tributario, la cual fue notificada por cédula al denunciado, en la misma fecha en que se emitió la citada acta.
En este sentido, el Servicio señala que producto de una fiscalización efectuada al denunciado, se constató que entre los periodos mensuales de enero y febrero del año 2016, el contribuyente declaró “sin movimiento” en los respectivos F29, no obstante de haber efectuado operaciones comerciales propias de su giro, por lo que en este caso existió una subdeclaración del IVA débito fiscal, conforme se muestra en el siguiente cuadro:
Periodo Folio Total Débito Débito Fiscal
Formulario 29 | Fiscal declarado según libro ventas y facturas emitidas. 01-2016 6070378236 0 3.447.740 02-2016 6089674486 0 4.012.800
Total: 7.460.540 69b3381a-0ee9-43b4-a4b7-Odb0babe54be
ROT ESAINS
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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