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Tribunal · solo Pro
CACERES BAHAMONDEZ con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Fecha: 10-04-2019 · Materia: Giro · Juez: César Manuel Verdugo Reyes
RECHAZA+100M Confirmatorio No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de giros de IVA por $146.241.025, estimando que las rectificatorias fueron actos voluntarios del contribuyente sin vicios de nulidad acreditados.
Manuel Alejandro Cáceres Bahamondez, empresario individual dedicado a recolección y venta de algas, fue fiscalizado por el SII respecto de su declaración de renta 2017 e IVA. Recibió cartas de observaciones y requerimientos de documentación. Durante la fiscalización, le cuestionaron facturas de proveedores específicos (Nolberto Ogaz y Maxinorte) que estaban bajo fiscalización. Se le restringió la facturación electrónica. Tras múltiples reuniones con la fiscalizadora Fanny Rodríguez, presentó rectificatorias de IVA (formularios 29) de enero a diciembre 2016 el 17 de julio 2018, originando giros
El tribunal establece que los contribuyentes pueden rectificar voluntariamente sus declaraciones de impuestos conforme al artículo 8 del D.S. 910 de 1976, lo que es un acto voluntario expreso que implica responsabilidades tributarias y aun penales. Analiza los alegatos de vicio por fuerza psicológica y engaño, concluyendo que no existe gravedad suficiente en la presunta fuerza psicológica (restricción de timbraje) para viciar la voluntad de asumir una deuda de esa magnitud, y que el engaño alegado no fue acreditado en autos. Señala que actuó a través de un contador debidamente mandatado, por l
Se rechaza el reclamo y se confirman los doce giros de impuesto números 6598076936 a 6598065696 de fecha 17 de julio 2018 por monto total de $146.241.025. Se condena al reclamante al pago de costas.
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RESUMEN:
PARTES: MANUEL ALEJANDRO CÁCERES BAHAMONDEZ CON SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
RUC N°: Rol · solo Pro
RIT: Rol · solo Pro
MATERIA: Reclamo de Giros
PROCEDIMIENTO: General de Reclamación
CUANTIA: 3045,66 UTM
La Serena, diez de abril de dos mil diecinueve.
VISTOS:
Que, a fojas 13 y siguientes, con fecha 31 de octubre del año 2018 , comparece don MANUEL ALEJANDRO CÁCERES BAHAMONDEZ , ce dula de identidad N°14.532.444-0, domiciliado para estos efectos en calle Los Carrera N° 657, oficina 102 , La Serena, expresando que viene en deducir reclamo en contra de los Giros de impuesto folios números 6598076936, 6598091746, 6598126496, 6598122396, 6598050406, 6598111356, 6598062736, 6598103546, 6598085496, 6598096846, 6598073536 y 6598065696 de fecha 17 de julio de 2018, efectuados por la IV Dirección Regional del Servicio de Impuestos Internos, solicitando se dejen sin efecto, con expresa condena en costas, conforme los antecedentes de hecho y de derecho que a continuación se exponen.
Que los giros reclamados suman $146.241.025; agregando que nacen de un procedimiento de fiscalización de IVA, mediante la eliminación de créditos fiscales IVA amparados en registros y facturas que no satisfacen al SII. El presente reclamo, expresa, se basa en que los g iros no fueron obtenidos mediante la voluntad libre y espontanea de su parte, sino que, como consecuencia de fuerza psicológica, intimidación recaudatoria y engaño de parte del SII ; además, expresa, la fiscalización del IVA no se verificó respetando las normas vigentes de la Ley 18.320.
Hace presente que es empresario individual, y se dedica a la recolección y venta de algas y pel illos en la región de Coquimbo, con proveedores de distintas partes de Chile ya que el alga y el pelillo se recolecta en toda la costa de Chile. 2 2
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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