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Tribunal · solo Pro
PROVOSTE FERNANDEZ con SII
Fecha: 03-06-2019 · Materia: Liquidación · Juez: Miguel Andrés Massone Pardo
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo contra liquidación por no acreditar procedencia de crédito por Impuesto de Primera Categoría ni rebaja por intereses hipotecarios, por falta de documentación suficiente.
Francisco Provoste Fernández reclama la Liquidación N°484 del SII de abril 2014 que determinó diferencias de Impuesto Global Complementario por $9.567.500 más reajustes e intereses. El SII liquidó por: agregado de $7.901.274 por Impuesto de Primera Categoría pagado en 2010, agregado de $338.549 por intereses hipotecarios según art. 55 bis, y deducción de $7.647.400 por crédito de Primera Categoría por retiros. Reclamante alegó que cumplía requisitos para ambos créditos, pero las Declaraciones Juradas 1886 y 1893 de la sociedad Provoste y Compañía Limitada se presentaron fuera de plazo en marzo
El tribunal aplicó art. 21 del Código Tributario, que impone al contribuyente probar sus declaraciones y desvirtuar impugnaciones del SII con pruebas suficientes. Examinó la documentación aportada: certificados de DJ 1886 y 1893 recibidas en enero 2014 (fuera de plazo legal: marzo 2011), detalle de renta y certificados contables. Concluyó que la prueba aportada era insuficiente: faltaba la declaración de renta del AT 2011 del reclamante, certificados de entidades acreedoras sobre intereses hipotecarios, y acreditación de que las DJ 1886 y 1893 fueron finalmente aceptadas sin observaciones. Los
Se rechaza el reclamo y se confirma la Liquidación N°484. Se dispone cumplimiento administrativo de lo resuelto. Cada parte pagará sus propias costas, sin condena por existir motivo plausible para litigar.
“PROVOSTE FERNANDEZ FRANCISCO con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS”
RUC N° : Rol · solo Pro
RIT N° : Rol · solo Pro
Santiago, tres de junio de dos mil diecinueve.
VISTOS:
A fojas 1, comparece don Francisco Javier Molina Pérez de Castro , abogado, RUT N°15.381.460-0, en representación de don FRANCISCO PROVOSTE FERNÁNDEZ, RUT N°5.789.243-9, ambos domiciliados en Avenida El Bosque Norte N°0177, Oficina 803, comuna de Las Condes , ciudad de Santiago, quien interpone reclamo de conformidad a lo dispuesto en el artículo 124 del Código Tributario, en contra de la Liquidación N°484, practicada con fecha 22 de abril de 2014 , por la XV Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente del Servicio de Impuestos Internos , solicitando que sea dejada sin efecto en todas sus partes o la parte que el Tribunal estime pertinente, sin costas, en virtud de los siguientes fundamentos:
En el capítulo de su libelo reclamo relativo a los hechos, explica que con fecha 25 de abril de 2014, se le notificó la liquidación reclamada, en virtud de la cual se le determinaron impuestos adeudados al 30 de abril de 2011, por los siguientes fundamentos: 1) Según antecedentes con que cuenta el Servicio, la devolución solicitada no procede, por no tener crédito o impuestos pagados a su favor a cuenta del Impuesto Global Complementario; 2) El crédito por Impuesto de Primera Categoría declarado en la Línea 1, código 600, correspondiente a créditos asociados a retiros, no concuerda con los antecedentes del Servicio, por lo que debe acreditar su procedencia; 3) Según los antecedentes del Servicio, la rebaja del Impuesto de Primera Categoría de la Renta Bruta Global declarada en la Línea 11, código 165, podría exceder los montos que corresponde por ese concepto; y, 4) La rebaja declarada en la Línea 15, Código 750, por intereses de dividendos hipotecarios, excede el máximo establecido en la ley.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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