Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Tribunal · solo Pro
TRANSPORTES LAZCANO LTDA con SII
Fecha: 06-06-2019 · Materia: Liquidación · Juez: Miguel Andrés Massone Pardo
ACOGE Ha Lugar
Se acoge reclamo de contribuyente contra liquidación de impuesto de primera categoría por subdeclaración de ingresos, ordenándose su modificación al acreditarse mediante prueba documental que no declaró ventas de vehículos.
Transportes Lazcano Limitada presentó declaración de impuesto a la renta para el año tributario 2011. El SII emitió Liquidación N°252 el 17 de abril de 2014, agregando $47.824.009 a la base imponible por subdeclaración de ingresos. La empresa había omitido en su declaración anual los ingresos por venta de un automóvil Porsche por $26.600.000 y un station wagon BMW por $19.200.000, cuyos valores libro eran de $35.245.000 y $18.000.000, respectivamente.
El tribunal concluyó que la parte reclamante desvirtuó suficientemente la liquidación mediante prueba documental: cartola bancaria, contabilización, contratos de compraventa notariales, libro de ventas, formularios 29 y balance tributario del año 2010. Se acreditó que efectivamente vendió ambos vehículos en 2010 sin declararlos como ingresos en 2011. Conforme al artículo 21 inciso segundo del Código Tributario, el contribuyente puede desvirtuar con pruebas suficientes las impugnaciones del SII. Se estimó procedente la modificación de la liquidación según los términos solicitados por el reclama
Se acoge el reclamo y se ordena modificación de la Liquidación N°252. Se ordena al Director Regional del SII practicar la correspondiente reliquidación de impuesto. Cada parte paga sus propias costas.
“TRANSPORTES LAZCANO LIMITADA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS”
RUC N° Rol · solo Pro
RIT GR - 18-00390-2014
Santiago, seis de junio de dos mil diecinueve.
VISTOS:
A fojas 1, comparece don Germán Miguel Gutiérrez Lazcano, contador auditor, RUT N°12.016.554-2, en representación de TRANSPORTES LAZCANO LIMITADA, RUT N°77.492.600-9, ambos domiciliados en Calle General Salvo N°287, comuna de Providencia, quien, conforme a lo establecido en el artículo 124 del Código Tributario, interpone reclamo en contra de la Liquidación N°252, de fecha 17 de abril de 2014, notificada con fecha 23 de abril de 2014, emitida por la Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente del Servicio de Impuestos Internos, solicitando que se deje sin efecto y se reemplace por otra que fije una diferencia de impuesto de $548.082, más reajustes por $7.673, sin costas, en virtud de los siguientes fundamentos:
Explica que, con fecha 23 de abril de 2014, acusó recibo de la liquidación reclamada, por Impuesto de Primera Categoría, por un monto neto de $8.243.903, más reajustes, intereses y multas, correspondiente al año tributario 2011 , sin que en su oportunidad se entregaran mayores detalles, antecedentes o referencias sobre el particular, argumentando el Servicio de Impuestos Internos que no se habían aportado los antecedentes suficientes o necesarios que permitieran solucionar las observaciones o inconsistencias de la declaración de renta del año tributario 2011.
Expone que, si bien el artículo 21 del Código Tributario hace recaer sobre el contribuyente la responsabilidad de probar, al contribuyente se le presume buena fe, en consonancia con el principio de la buena fe procesal y el derecho constitucional a un debido proceso.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
Todos los fallos que publican los Tribunales Tributarios y Aduaneros, junto a las sentencias de Cortes de Apelaciones y Corte Suprema y los oficios, circulares y resoluciones del SII, fáciles de encontrar para tu caso. Actualizado a diario.
Acceso ilimitado a la jurisprudencia que necesitas.
Busca, abre y descarga todos los fallos que haga falta, sin límite.
Sentencias tributarias de segunda instancia y casación, y los requerimientos de inaplicabilidad sobre preceptos tributarios.
Cargando el buscador…
Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Busca, analiza y chatea con todos los fallos de los Tribunales Tributarios y Aduaneros de Chile.
Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
Selecciona Oficios, Circulares o Resoluciones en la barra lateral y luego un documento para ver su contenido completo.
Cubre más de 4.000 oficios, 830 circulares y 1.600 resoluciones del SII. Filtra por año o busca en materia, criterio y texto completo.