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Tribunal · solo Pro
ARAYA NUÑEZ con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Fecha: 25-06-2019 · Materia: Liquidación · Juez: César Manuel Verdugo Reyes
ACOGE Confirmatorio Ha Lugar
Se anulan liquidaciones por falta de fundamento: declaraciones de impuestos fueron confeccionadas por funcionario del SII, no por la contribuyente, quien fue víctima de fraude interno.
Gladys Araya Nuñez recibió liquidaciones 134 y 135 (27 sep 2018) por $40.205.553 en concepto de reintegro de impuestos años 2014-2015. Alega nunca haber presentado declaraciones de renta ni solicitado devoluciones. Acreditó que contactada para obtener beneficios estatales, entregó cédula; posteriormente recibió cheque de $300.000 sin saber que sus datos fueron utilizados en declaraciones tributarias. Investigación reveló que funcionario del SII (jefe de grupo Patricio Aguilera Godoy) confeccionó y aprobó declaraciones en computadores del servicio, junto con contador Gonzalo Aguilera Godoy, def
El tribunal determinó que las liquidaciones carecen de fundamento factual: las declaraciones de impuestos fueron elaboradas, revisadas y liberadas por funcionarios del SII desde sus dependencias (IPs de computadores del servicio acreditadas en Oficio 75), no por la contribuyente. Se probó fraude interno en concomitancia de funcionario Patricio Aguilera Godoy y tercero externo. La contribuyente fue víctima de suplantación de identidad y revictimización al pretender cobrar el perjuicio fiscal a quien fue instrumentalizada. El vicio de falta de motivación es ostensible: el acto se funda en premis
Se acoge el reclamo y anulan liquidaciones 134 y 135 de 27 de septiembre de 2018. No se condena en costas a la parte reclamada por haber tenido motivo plausible para litigar.
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RESUMEN:
PARTES: GLADYS DEL CARMEN ARAYA NUÑEZ CON SERVICIO DE IMPUESTOS
INTERNOS
RUC N°: 19-9- 0000109-9
RIT: Rol · solo Pro
MATERIA: Procedimiento General de Reclamación.
CUANTIA: 831,5 UTM
La Serena, veinticinco de junio de dos mil diecinueve.
VISTOS:
Que a fojas 1 5 y siguientes, con fecha 18 de enero del año 2018, comparece doña GLADYS DEL CARMEN ARAYA NUÑEZ , RUT 7.670.710-3, domiciliada en Manuel Blanco Encalada s/n , Casuto, comuna de Andacollo, representada por el abogado don MILENKO ZURIT A ROJAS, domiciliado en calle Los Carrera 657, oficina 102, La Serena, y viene en interponer reclamación de conformidad a las normas del Libro III, Título II, artículo 123 y siguientes del Código Tributario, en contra de las liquidaciones números 1 34 y 1 35 de fecha 2 7 de se ptiembre de 2018, emitidas por la IV Dirección Regional del Servicio de Impuestos Internos, La Serena, notificadas mediante cédula prendida en la puerta, el 28 de septiembre del mismo año, en virtud de las que se cobra como reintegro por los años tributarios 201 4 y 2015, un total neto de $ 22.012.649 a lo que se han adicionado reajustes, intereses y multas lo que totaliza la suma de $ 40.205.553, solicitando que se dejen sin efecto, en base a los siguientes argumentos: 1.- Hace presente que vive con su hija y dos nietas en el mismo domicilio. Señala que es su hija Jenny Aguirre quien sostiene a la familia con una pensión de viudez desde el año 2015. La casa que habitan, fue dejada en herencia al fallecimiento del marido de su hija el año 2015. Nunca ha iniciado actividades, nunca ha obtenido clave del SII, es decir, nunca ha concurrido a las oficinas a solicitar clave de acceso a la web del SII y nunca ha presentado una declaración de impuestos tendiente a obtener devoluciones.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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