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Tribunal · solo Pro
SII con FUENTES ALVAREZ
Fecha: 02-08-2019 · Materia: Artículo 97 N° 4 del CT · Juez: Anselmo Iván Cifuentes Ormeño
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal confirma sanción por uso malicioso de facturas falsas para aumentar crédito fiscal y gastos, imponiendo multa del 200% de impuestos evadidos.
Esteban Fuentes Álvarez, contribuyente de IVA y Renta, contabilizó y declaró 9 facturas falsas emitidas por proveedores inexistentes entre junio y septiembre de 2015. Las facturas provenían de Neveu y Cia Ltda., Iván Humberto Seguel Sansana, Maestranza Zuñiga Ltda. y Juan Sielfeld Gundlach. Mediante cruces de información se acreditó que las facturas originales fueron emitidas a otros contribuyentes por montos y operaciones distintas. El denunciado utilizó estos documentos para incrementar su crédito fiscal en formularios 29 (IVA) y sus gastos en declaración de Renta 2016, reduciendo indebidame
El tribunal estimó probado que el contribuyente sabía o no podía menos que saber de la falsedad de las facturas, pues ejercía personalmente las compras y pagos de su empresa hace más de 20 años. La circunstancia de que contabilizara e incorporara en declaraciones impositivas facturas dubitadas constituye antecedente probatorio suficiente de intención. El tribunal consideró agravantes: el grado de cultura (participación directa en los hechos), conocimiento de la obligación legal infringida y perjuicio fiscal de $23.780.599 actualizado a agosto 2019. Como atenuantes: falta de reincidencia y rect
Se confirmó el Acta de Denuncia 11. Se declaró a Fuentes Álvarez responsable de infracciones al artículo 97 n°4 incisos 1° y 2° del Código Tributario. Se impuso multa de $47.561.198, equivalente al 200% de los impuestos evadidos reajustados a agosto 2019. Se rechazó condena en costas por motivos plausibles para litigar.
Concepción, dos de agosto de dos mil diecinueve.
VISTOS:
Que, a fojas 3, rola acta de denuncia n° 11 de fecha 10 de julio de 2018, por infracción sancionada en el artículo 97 n.° 4 incisos 1° y 2° del D.L. n.° 830 de 1974 sobre Código Tributario, en contra de don ESTEBAN FUENTES ALVAREZ, RUT
N.° 7.900.847-8, domiciliado en Guillermo Matta n° 606; Pedro del Río Zañartu , Concepción, con giro en transporte de carga -arrendamiento de vehículos de carga y maquinarias, por haber incurrido en las infracciones previstas en el artículo 97 n.° 4, inciso 1 ° y 2 ° del Código Tributario, consistente en realizar maliciosamente maniobras a través de las cuales incrementó indebidamente su crédito fiscal y sus gastos, siendo contribuyente del Impuesto al Valor Agregado.
En el acta de denuncia, se expresa que se detectó el registro y declaración de facturas de proveedores destinadas a respaldar la contabilización y declaración en sus formularios 29, de un crédito fiscal por concepto de Impuesto al Valor Agregado superior al realmente procedente y a justificar la existencia de gastos que rebajaran la Base Imponible, a propósito de la Declaración Anual de Impuesto a la Renta (F22), lo que se pudo determinar mediante cruces de información y verificaciones practicadas.
En efecto, la referida acta señala que las facturas falsas que utilizó el denunciado son:
1. La emitida por el presunto proveedor Neveu y Cia Ltda., Rut n° 78.543.880-9, cuyo número es el 107.392 de fecha 18/06/2015, la que no presentan guías de despacho que ampare n el traslado de las mercaderías señaladas en el referido documento, según se indica.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
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