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Tribunal · solo Pro
IMPORTADORA Y EXPORTADORA KEEP CALM SPA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Fecha: 02-09-2019 · Materia: Resolución · Juez: Jorge Pohlhammer Doren
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de devolución de IVA Exportador por $66.118.743 porque documentos de pago de dos facturas no acreditaban efectividad material de operación conforme art. 23 N°5 DL 825.
Importadora y Exportadora Keep Calm SPA solicitó devolución de IVA Exportador por período junio 2018 por $66.118.743. El SII dispuso Fiscalización Especial Previa y requirió acreditación de pagos. Reclamante presentó comprobantes de cheques y transferencias bancarias. SII rechazó devolución argumentando que documentos de pago de facturas N°10 y N°12 del proveedor Exportadora Doña Claudia SPA no acreditaban suficientemente la efectividad de operación ni el pago, observando que dicho proveedor carecía de activos para desarrollar las ventas.
El tribunal analizó que la resolución reclamada N°383 se fundó en la facultad del art. 5° DS 348/1975, evaluando si los antecedentes aportados acreditaban la efectividad material de la operación conforme al art. 23 N°5 DL 825. Consideró que los documentos de pago presentados (cartolas de transferencias) no resultaron suficientes para acreditar el pago de proveedores, particularmente respecto de facturas de un proveedor con indicadores de riesgo. Aplicó principios de sana crítica a la valoración de prueba conforme art. 132 CT.
Se rechaza reclamo y se confirma Resolución Exenta N°383 del 10 de diciembre de 2018 del SII en todas sus partes. No procede devolución de $66.118.743. Se exime de costas por existir motivo plausible para litigar.
RUC N°: Rol · solo Pro.
RIT N°: Rol · solo Pro.
En Arica, a dos de septiembre dos mil diecinueve.
VISTO:
Reclamación.
A fojas 1 y siguientes, el escrito de 05 de febrero de 2019, presentado por la letrada doña JUANA OPAZO LAURA, Abogada, domiciliada en calle 7 de Junio 268, oficina 430, Edificio Mira Blau, Arica, en representación de SANTIAGO JAVIER IGNACIO ARMELLA MOLINA, cédula de identidad N° 16.705.359 -9, Chileno, representante legal de IMPORTADORA Y EXPORTADORA KEEP CALM SPA, RUT: 76.689.714-2, giro Importación y Exportación de Bebidas Alcohólicas y de Fantasía, con domicilio en Maipú N° 115, Local 29, Arica, mediante el cual, en virtud del artículo 124 y siguientes del Código Tributario, interpone reclamo en contra de la resolución exenta número 383, de fecha 10 de diciembre de 2018, emitida por la de la DIRECCIÓN REGIONAL DEL SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DE ARICA Y PARINACOTA, en la cual se resuelve: CONSIDERANDO:
1) La solicitud de devolución de IVA Exportador del contribuyente: RUT.: 76.689.714-2, Nombre o Razón Social: Importadora y Exportadora Keep Calm Spa, Fecha Presentación: 05.07.2018, Período: junio 2018, Monto Solicitado ($): 66.118.743.-2) Que, con f echa 09.10.2018 el contribuyente dio cumplimiento total a la Notificación F3285 folio 1044238 del 09.07.2018.-3) Que, los antecedentes aportados por el pago de facturas N° 10 y N° 12 del periodo de junio de 2018, no fueron suficiente para acreditar la efectividad material de la operación y su pago del monto, de acuerdo lo establecido en el artículo 23 N° 5 D.L. 825/ 1974.-4 ) Que, con fecha 10.12.2018, se practica citación de impuestos, N° 56, requerimiento notificado por mail a la casilla electrónica s.armella.m@grnail.com.
SE RESUELVE que, en relación a, la Fiscalización Especial Previa del contribuyente del considerando número 1, no procede la devolución de$ 66.118.743.
Señala que en su contra reclama, en virtud de los siguientes hechos y derechos, con costas:
EN CUANTO A LOS HECHOS.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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