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Tribunal · solo Pro
SUCESION CARLOS PAULO RECABARREN BEYZAN con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Fecha: 02-09-2019 · Materia: Resolución · Juez: Jorge Pohlhammer Doren
ACOGE+100M Ha Lugar
Tribunal acoge nulidad de Resolución 287/2018 del SII por error en sujeto pasivo y falta de fundamentación; declara prescrita la acción de cobro.
Carlos Paulo Recabarren Beyzán, como usuario industrial de Zona Franca de Arica desde 1999, desarrolló actividad de planta envasadora. Falleció el 2 julio 2013. Sus herederos fueron reconocidos como continuadores legales por Aduanas. El SII fiscalizó entre julio 2010 y julio 2013, emitiendo Resolución 1362/2014 rechazando remanente de crédito fiscal IVA. Los herederos reclamaron, siendo acogida su demanda el 27 agosto 2015 y confirmada por Corte de Apelaciones el 24 noviembre 2015, que ordenó nuevo cálculo. El SII emitió Resolución 287/2018 dirigida a personas individualmente identificadas, cu
El Tribunal estableció que la Ley 21.039 otorgó competencia a tribunales tributarios para declarar nulidad de actos administrativos cuando median vicios en requisitos esenciales. Se identificaron dos vicios: 1) Error en la persona del contribuyente: la Resolución 287/2018 se dirigió a los herederos individualmente, cuando desde 11 diciembre 2015 operaban como comunidad hereditaria bajo ficción legal del artículo 5° DL 824, siendo sujeto pasivo único. 2) Falta de fundamentación: el SII exigió transformación de materias primas no prevista en artículo 10 bis DFL 341, que solo requiere fabricación
Se acoge la nulidad de Resolución Exenta 287/2018 y notificaciones derivadas, dejándolas sin efecto. Se declara prescrita la acción de cobro del SII conforme artículo 201 Código Tributario. Se ordena al SII abstenerse de acciones de cobranza.
RUC N°: Rol · solo Pro
RIT N° Rol · solo Pro
SUCESIÓN RECABARREN con SII.
En Arica, a dos de septiembre de dos mil diecinueve.
VISTO:
A fojas 1 y siguientes, comparece el abogado don Luis Felipe Ocampo Moscoso, cédula nacional de identidad N° 9.972.740-3, en representación de la comunidad hereditaria “Sucesión CARLOS PAULO RECABARREN BEYZÁN”, Rol Único Tributario N°53.323.841-6, ambos domiciliados para estos efectos en calle Barros Arana N° 2830, comuna de Arica, quien conforme a lo dispuesto por el numeral 8° del artículo 1° de la Ley N° 20.322, agregado por la Ley N° 21.039 del 02 de octubre de 20 17, por este acto, viene en alegar la nulidad de la Resolución Exenta N° 287/2018 de fecha 11 de octubre de 2018, emitida por el Departamento de Fiscalización de la XVII la Dirección Regional Arica, del Servicio de Impuestos Internos (en adelante, indistintamente "SII" o "Servicio"), notificada el 19 de octubre de 2018; a fin de que este Tribunal declare la nulidad de la Resolución Exenta N° 287/2018, dejándola sin efecto en todas sus partes, conjuntamente con los demás actos administrativos surgidos como consecuencia de tal Resolución Exenta, por contener vicios que recaen en requisitos esenciales, provocando graves perjuicios a su representada. Asimismo, y en razón de lo anterior, viene en alegar la prescripción de la acción de cobro del SII dado el trascurso del plazo establecido en el artículo 201 del Código Tributario, solicitando que así sea declarado por este Tribunal.
I.-ANTECEDENTES.
Expone que, en octubre de 1999, don Carlos Paulo Recabarren Beyzán, como persona natural, celebró contrato de Usuario Industrial de Arica con Zofri S.A., para desarrollar actividad industrial conforme a lo establecido en el artículo 27 del DFL N° 341 del año 1977, acogiéndose a las normas particulares contenidas en el Título VIl del referido Decreto con Fuerza de Ley, y aplicables en la ciudad de Arica.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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